MARTINEZ MIGUEL A. C/ CELSO RICARDO NOGUERA Y EDUARDO PEDRO NOGUERA - DIVISION DE CONDOMINIO - RECURSO DE CASACION
El actor impugnó la decisión que rechazó su recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que hizo lugar a la caducidad de instancia en un expediente de división de condominio. El Superior Tribunal hizo lugar a la queja y concedió la apertura del Recurso de Inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, admitiendo su estudio “prima facie” sin perjuicio de la sentencia definitiva.
¿Quién es el actor?
MARTÍNEZ MIGUEL A.
¿A quién se demanda?
CELSO RICARDO NOGUERA y EDUARDO PEDRO NOGUERA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se trata de autos por división de condominio; en la instancia anterior se resolvió hacer lugar a la caducidad de instancia planteada por la demandada (Sentencia Interlocutoria Nº 229/16, 25/10/16) y se impugnó esa decisión mediante Recurso de Inconstitucionalidad (vía web, 14/11/16) por arbitrariedad.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al Recurso de Queja por denegatoria del Recurso de Inconstitucionalidad y se concedió el Recurso de Inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, admitiendo su estudio “prima facie”, con remisión de actuaciones a la Secretaría Judicial del STJ para su tramitación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Del estudio de los fundamentos del recurso, se coincide con el dictamen del Sr. Procurador General, ya que los agravios en que se funda la Queja son conducentes para receptar la posible tacha de arbitrariedad de sentencia contra la cual fue articulado."
"Al respecto se debe destacar, que en relación a la arbitrariedad acusada, este Superior Tribunal, ante la suficiencia y verosimilitud de los agravios esgrimidos, al igual que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en casos excepcionales ha concedido la apertura del Recurso de Inconstitucionalidad, en atención a causales no regladas de arbitrariedad de sentencia y con el fin de mantener la supremacía de las normas constitucionales."
"Que por lo expuesto, resulta a 'prima facie' admisible y procedente el estudio del recurso promovido, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva."
"SE RESUELVE: I) Hacer lugar al Recurso de Queja planteado, concediendo el Recurso de Inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, sin perjuicio de lo que se resuelva en oportunidad de la Sentencia Definitiva."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución final está firmada digitalmente por los Ministros Lilia Ana Novillo, Omar Esteban Uría, Martha Raquel Corvalán y Carlos Alberto Cobo; no consta disidencia.
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