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Tribunal Superior

INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR ALIANZA AVANZAR Y CAMBIEMOS POR SAN LUIS PAS 30/07/17 Y ELECCIONES GENERALES 22/10/17 -RECURSO DE QUEJA-

La Alianza Avanzar y Cambiemos por San Luis solicitó medida cautelar de no innovar para permitir la participación de la lista proclamada en el cronograma de las elecciones generales. El Superior Tribunal declaró abstracta la solicitud de medida cautelar porque se admitió el recurso de queja y se concedió el recurso extraordinario de inconstitucionalidad, por lo que la cautelar perdió objeto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 313124/1
Medida cautelar Abstracto Recurso de queja Recurso extraordinario de inconstitucionalidad Arbitrariedad de sentencia Tribunal electoral provincial Cronograma electoral Alianza avanzar Admisibilidad San luis

¿Quién es el actor?

Alianza Transitoria AVANZAR y CAMBIEMOS POR SAN LUIS (apoderados de la Alianza Transitoria).

¿A quién se demanda?

No se individualiza un demandado convencional en el incidente; la cautelar se interpuso en el marco del Recurso de Queja contra la sentencia del Tribunal Electoral Provincial (actuaciones conexas).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida cautelar de no innovar para que, durante la tramitación del recurso de queja, se permita cumplir con todos los pasos del proceso y cronograma electoral para la lista proclamada “CONSENSO y UNIDAD POR SAN LUIS” en las elecciones generales del 22/10/2017 (y, subsidiariamente, 12/11/2017 para un caso concreto de concejales).

¿Qué se resolvió?

Se declaró abstracta la solicitud de medida cautelar (petición cautelar perdiendo objeto), y se ordenó registro y notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que en fecha 19/09/2017, mediante actuaciones N° 7871547 y N° 7871548, los apoderados de la Alianza Transitoria AVANZAR y CAMBIEMOS POR SAN LUIS, interpusieron recurso de queja contra la sentencia dictada por el Tribunal Electoral Provincial de fecha 08/09/2017, por medio de la cual se les había denegado la admisibilidad del recurso extraordinario de inconstitucionalidad local. Dicha presentación dio lugar al inicio de las actuaciones que se caratularon: 'ALIANZA AVANZAR y CAMBIEMOS POR SAN LUIS PAS 30/07/17 y ELECCIONES GENERALES 22/10/17 – RECURSO DE QUEJA – EXP 313124/17'. En el acápite IV) del recurso directo, los interesados solicitaron se dicte una medida cautelar, por lo que se formó el incidente INC 313124/1, tal como consta en actuación N° 7877002 del Expediente 313124/17, de fecha 20/09/2017."

"3) Que en virtud de lo resuelto en autos: 'ALIANZA AVANZAR y CAMBIEMOS POR SAN LUIS PAS 30/07/17 y ELECCIONES GENERALES 22/10/17 – RECURSO DE QUEJA – EXP 313124/17', (Actuación N° 7981297/17), donde se admitió el recurso de Queja y se concedió el recurso extraordinario de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad de sentencia, el pedido cautelar ha devenido abstracto."

Y el dispositivo final: "Por lo expuesto, oído el Procurador General, SE RESUELVE: Declarar abstracto la solicitud de medida cautelar. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución aparece firmada digitalmente por los Dres. Carlos Alberto Cobo, Néstor Marcelo Milán y Beatriz Agustina Tardieu de Quiroga; el bloque dispositivo final es único y resolutivo.

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