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Tribunal Superior

ZIMMERLI OTTO ENRIQUE - AV. HOMICIDIO- JUICIO ORAL - RECURSO DE CASACION.-

El condenado Otto Enrique Zimmerli interpuso recurso de casación contra la sentencia que lo declaró autor de homicidio simple y lo condenó a trece años de prisión. El Superior Tribunal de Justicia de San Luis rechazó el recurso y confirmó la sentencia de la Cámara de Apelaciones, entendiendo que la valoración de la prueba y la calificación legal fueron debidamente fundadas y que no resultó acreditable la legítima defensa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
PEX 89767/10
Homicidio simple Casacion Legitima defensa Valoracion de la prueba Pericia forense Condena 13 anos Sentencia confirmada Costas al recurrente Audiencia publica San luis

Actor (quién recurre): Otto Enrique Zimmerli, por su defensor Dr. Rodolfo Luis Mercau (recurrente).

Demandado (contrario procesal en esta instancia): Sentencia de la Excma. Cámara de Apelaciones Sala Penal, Correccional y Contravencional de la Tercera Circunscripción Judicial (parte recurrida representada en el trámite por el Ministerio Público según el expediente).

Qué se reclama (objeto del recurso): Casación contra la Sentencia Definitiva Nº 3 de fecha 06/07/2015 (veredicto 23/06/2015) que declaró a Zimmerli culpable de HOMICIDIO SIMPLE (arts. 79, 41 bis y 45 C. Penal) y lo condenó a trece años de prisión, con alojamiento en el Servicio Penitenciario Provincial.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación y se confirmó la sentencia recurrida. Se impusieron costas al recurrente vencido. (Acuerdo y dispositivo firmados por los Ministros Novillo, Corvalán y Cobo; San Luis, 6/10/2017).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la calificación legal del hecho, como homicidio simple (art. 79 C.P.), dada en la requisitoria fiscal, y mantenida por la Sentencia, es la correcta. No surgen acreditados de la causa los requisitos que el Cód. Penal, establece en su art. 34 inc. 6º, para aplicar la justificante de la legítima defensa, y en consecuencia, tampoco resulta aplicable la figura del exceso en la legítima defensa (art. 35 C.P.)."

"De las constancias probatorias rendidas en el debate oral surge, que no existió un ataque inminente o una agresión ilegitima por parte de Adrian Vila... No se probó el hecho alegado por la defensa de que, en medio de la discusión, Adrian Vila tomara un cuchillo tipo Tramontana para agredir a Zimmerli."

"Surge en forma clara del testimonio del forense, que Otto Enrique Zimmerli tomó la pistola cargada que tenía guardada en su ataché, debajo del escritorio y en una acción rápida, apoyó el arma en el cuerpo de Vila, en su flanco abdominal izquierdo y lo mató, pudiéndose representar que su accionar, utilizando un arma letal, provocaría la muerte de Vila como resultado previsible y querido."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. Carlos Alberto Cobo, Martha Raquel Corvalán y Lilia Ana Novillo votaron en el mismo sentido (acuerdo unánime) por la afirmativa en la admisibilidad y por la negativa en las causales sustantivas, concluyendo por el rechazo del recurso.

Dispositivo final (literal resumido): "I) Rechazar el recurso de Casación intentado, confirmando la sentencia recurrida. II) Costas al recurrente vencido."

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