PERALTA SERGIO DANIEL C/ EXPERTA ART S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-
El actor promovió reclamo por accidente o enfermedad laboral contra EXPERTA ART S.A. solicitando reparación por contingencias laborales. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por la demandada, concluyendo que no se configuró error de derecho y confirmando la valoración jurisprudencial previa sobre la aplicación de la tasa pura como interés compensatorio.
¿Quién es el actor?
PERALTA SERGIO DANIEL.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo derivado de accidente o enfermedad laboral (reparación laboral frente a ART).
¿Qué se resolvió?
Rechazó el recurso de casación interpuesto por la demandada con pérdida del depósito; reguló honorarios en 40% sobre los de primera instancia; costas a la vencida. (Resolución final de fecha 26/10/2026).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en dichos pronunciamientos, y con sustento en lo decidido mediante STJSL-S.J.-S.I. Nº 087/24 de fecha 12/04/24, en autos “AGUILAR, CLAUDIO GABRIEL c/ EXPERTA ART S.A. s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL s/ RECURSO DE QUEJA” - IURIX EXP N° 405502/23, cuyos fundamentos corresponde tener aquí por reproducidos por razones de brevedad y economía procesal, este Tribunal rechazó los recursos de casación interpuestos, al considerar que el interés puro aplicado como tasa compensatoria desde el momento del siniestro, no constituye per se un error de derecho."
"En consecuencia, toda vez que no se advierten en el caso, circunstancias particulares que justifiquen apartarse de lo resuelto por este Superior Tribunal sobre la cuestión debatida, conforme a lo dictaminado por el Sr. Procurador General, corresponde el rechazo del recurso de casación interpuesto."
"Sobre el particular, este Superior Tribunal de Justicia ha sostenido de manera pacífica y reiterada que: '…la tacha de arbitrariedad – doctrina admitida como creación pretoriana por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y seguida por este Tribunal - no es hábil ni suficiente para fundamentar un recurso de casación'."
¿Cómo votaron los jueces?
La votación fue unánime entre los Dres. Eduardo Segundo Allende, Andrea Carolina Monte Riso, José Guillermo L’Huillier y Víctor Manuel Endeiza; ausente el Dr. Jorge Alberto Levingston (licencia). No se registra voto en disidencia.
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