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Tribunal Superior

PICCO MIGUEL ANGEL C/ TAINOR SRL S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO CASACION-

El actor demandó por cobro de diferencias salariales y liquidación final contra Tainor S.R.L. en un reclamo laboral por remuneraciones no registradas y sobresueldo. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación por considerarlo destinado a la revisión de cuestiones fácticas y probatorias ajenas al control casatorio y condenó en costas al recurrente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 203392/10
Casacion Laboral Diferencias salariales Remuneracion no registrada Prueba Valoracion factica Improcedencia Costas Picco v. tainor s.r.l. Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Picco Miguel Ángel.

¿A quién se demanda?

Tainor S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos laboral — diferencias salariales no reconocidas en la liquidación final y diferencias del período enero/2010 a abril/2010 (remuneraciones en negro/sobresueldo y reclasificación de categoría).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por el actor y se impusieron las costas al recurrente vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello y siendo que: 'el recurso de casación solo tiene viabilidad en el caso que exista un motivo legal (o causal); por ende no es suficiente el simple interés –el agravio- sino que se precisa que el defecto o error que se le imputa al decisorio recurrido esté expresamente tipificado –objetivado- por la ley'. (Juan Carlos Hitters, 'Técnica de los Recursos extraordinarios y de la casación', 2da. Edición, p. 213), me pronuncio por la improcedencia del recurso y VOTO a esta SEGUNDA CUESTIÓN por la NEGATIVA. ASÍ LO VOTO."

"Merituados los fundamentos de fs. 331/335, no advierto configurada la causal invocada por el recurrente como motivo de casación, esto es el 'APARTAMIENTO DE LA NORMA LABORAL y CONSTITUCIONAL', sino más bien su clara pretensión de obtener, al amparo de los arts. 9 LCT y 59 de la Constitución Provincial, la revisión de lo resuelto. En efecto, todos los agravios exhibidos se ajustan a controvertir el valor probatorio, asignado a las constancias de la causa, en relación a las tareas que verdaderamente realizaba el actor y al pago de remuneraciones en negro, tal es así que con insistencia, se exponen argumentos relativos a 'diferente valoración de los hechos', 'apartamiento de las constancias de la causa', 'ha sido probado', 'los elementos probatorios incorporados al proceso', etc…es decir, es manifiesto que en su postulación, el recurrente plantea cuestiones fácticas y probatorias y estas son ajenas al ámbito de la casación."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. Corvalán, Cobo y Novillo votaron en igual sentido; el bloque dispositivo final dispone el rechazo del recurso y costas al recurrente.

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