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Tribunal Superior

INCIDENTE C/ GUZMAN VERONICA VANESA - CASACION (DEF. CAM.)

La defensa de Verónica Vanesa Guzmán interpuso recurso de casación contra la sentencia que la condenó por homicidio calificado (parricidio) con pena de prisión perpetua. El Superior Tribunal de Justicia de San Luis rechazó por unanimidad el recurso, entendiendo que la Cámara de juicio debidamente valoró la prueba y que no se acreditaron las circunstancias extraordinarias del art. 80 in fine del Código Penal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 56092/2
Homicidio calificado Parricidio Recurso de casacion Valoracion de la prueba Art. 80 c.p. (ultimo parrafo) Doble conforme Prision perpetua Ministerio publico de la defensa Sin costas San luis.

¿Quién es el actor?

Defensa de Verónica Vanesa Guzmán (Ministerio Público de la Defensa actuando).

¿A quién se demanda?

Sentencia de la Excma. Cámara del Crimen Nº 2 de la Primera Circunscripción (autos PEX Nº 56092/9).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de casación contra la Sentencia Definitiva de fecha 1º de diciembre de 2011 que declaró a Verónica Vanesa Guzmán autora penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el vínculo (art. 80 inc.1º in fine con relación al art. 45 C.P.) y la condenó a prisión perpetua.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación; sin costas por tratarse de recurso interpuesto por el Ministerio Público de la Defensa. STJSL, 23/11/2017.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

¿Cómo votaron los jueces?

el recurso es formalmente procedente pero debe rechazarse porque la sentencia de mérito valoró adecuadamente la prueba; la defensa no acreditó la “excepcionalidad” requerida para aplicar la remisión atenuante del art. 80 último párrafo C.P.; la causal invocada por la defensa constituye mera discrepancia con la valoración probatoria.

Transcripciones textuales relevantes (extractos literales del fallo):

"La Sentencia ha considerado que: 'Que conforme prueba colectada y merituada en el curso del presente debate, entiendo que se ha formado un amplio espectro probatorio que permite tener por acreditado en grado de certeza positiva la ocurrencia material del injusto penal acaecido el día 23 de marzo de 2008 ... que este fuera el resultado de la conducta desplegada por Vanesa Verónica Guzmán.'"

"Por lo que en definitiva, y coincidiendo con lo dictaminado por el Sr. Procurador General (Actuación Nº 6965320 el 28/03/17) el recurso debe rechazarse y fundarse en una mera discrepancia con la valoración probatoria efectuada por la Cámara Penal y con los criterios aplicados en la resolución del caso."

"Vale recordar, que las circunstancias extraordinarias de atenuación, previstas en el último párrafo del art. 80 ibidem, aluden a un hecho que 'debe ser inesperado, extraordinario, fuera de lo común, del que pueda decirse que se encuentra fuera del curso normal de los acontecimientos.', y que 'El fundamento de esta atenuación debe buscarse en la calidad de los motivos que determinaron la actuación del sujeto; ellos deben significar una razonable y comprensible disminución del respeto hacia el vínculo de sangre o la calidad de cónyuge.'"

¿Cómo votaron los jueces?

Unanimidad de los tres Ministros (Corvalán, Cobo y Novillo); el bloque dispositivo final dispone RECHAZAR el recurso y sin costas.

Fechas y montos relevantes: Sentencia de Cámara impugnada de fecha 1/12/2011; resolución del STJSL de fecha 23/11/2017. Pena impuesta en la sentencia de mérito: prisión perpetua.

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