ROSALES SUSANA WILDA C/ ASOCIART A.R.T. S.A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS-LABORAL - RECURSO DE CASACION.-
La actora, Susana Wilda Rosales, obtuvo en la Cámara una modificación de la condena por daños laborales que fijó la reparación integral en $176.000 (saldo a pagar $168.468,70). El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación de la demandada ASOCIART ART S.A. por ausencia de causal de casación prevista en el art. 287 del CPC y C., al tratarse de cuestionamientos fácticos y no de error de derecho.
¿Quién es el actor?
ROSALES, Susana Wilda (actora).
¿A quién se demanda?
ASOCIART ART S.A. (aseguradora).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios en sede laboral; se reclama reparación integral por perjuicios derivados de accidente/contingencia laboral.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto por ASOCIART ART S.A., con pérdida del depósito (art. 290 CPC y C.). Se impondrán las costas a la recurrente vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso de casación, no tiene por objeto el reexamen de la cuestión fáctica –hecho y prueba- tal como ha sido propuesto por el casacionista y relatados en los puntos 1.1), 1.2) y 1.3) de la cuestión anterior, sino que el examen nomofiláctico, debe versar sobre la aplicación o interpretación de la disposición jurídica, que se debe formular con toda especificidad, y en tal faena el Tribunal que debe resolver tal intento recursivo debe 'tomar', -aprehender- los hechos tal como vienen incorporados al proceso, sin que en ese primer análisis exegético, pueda cambiarse la plataforma fáctica incorporada en las instancias de conocimiento ordinario.
Ello trae como consecuencia, que no puedan reexaminarse los elementos probatorios y fácticos que formaron la convicción del Tribunal de alzada, para modificar el monto de condena que había determinado el Juez de primera instancia, por posible arbitrariedad en dicha valoración. Ello parece más bien, objeto de otro tipo de resorte impugnaticio de carácter extraordinario, pero no de la casación intentada.
...
El Superior Tribunal, ha sostenido invariablemente que: '…La casación no es una tercera instancia y no está en la esfera de sus poderes valorar la prueba, ni juzgar los motivos que formaron la convicción de la Cámara, porque este recurso se concede solamente contra la sentencia cuya injusticia provenga de un error de derecho, excluyendo el error de la determinación de las circunstancias de hecho del caso sometido a juicio' (STJSL Nº 53/04 'BCO. SAN LUIS S.A. ... – RECURSO DE CASACIÓN', 19/10/04)."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. MARTHA RAQUEL CORVALÁN, CARLOS ALBERTO COBO, BEATRIZ AGUSTINA TARDIEU DE QUIROGA y NÉSTOR MARCELO MILÁN votaron en igual sentido. La Dra. LILIA ANA NOVILLO se hallaba excusada.
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