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Tribunal Superior

FRIDEL PEDRO OMAR C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. Y OTROS S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION- REGULACION DE HONORARIOS-

La codemandada ASOCIART ART S.A. interpuso recurso de casación contra sentencia definitiva en causa por accidente o enfermedad laboral. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por improcedente al no acreditarse causal de casación y ordenó pérdida del depósito y costas a la vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 196345/10
Casacion Improcedencia Art Accidente laboral Perdida de deposito Costas Error de derecho No tercera instancia Sentencia definitiva Superior tribunal de justicia (san luis)

¿Quién es el actor?

FRIDEL PEDRO OMAR.

¿A quién se demanda?

LA SEGUNDA ART S.A. y OTROS (entre ellos ASOCIART ART S.A. como codemandada recurrente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente o enfermedad laboral (acción laboral contra la ART y otros).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la codemandada ASOCIART ART S.A., con pérdida del depósito y costas a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En suma, y atendiendo al criterio mantenido invariablemente por este Alto Cuerpo, el recurso es improcedente por cuanto 'La casación no es una tercera instancia…este recurso se concede solamente contra la sentencia cuya injusticia provenga de un error de derecho...' (Cfr. STJSL-S.J. N° 102/13, 'URQUIZA ALICIA INÉS c/ MAZZONI CARLOS y OTRA s/ LABORAL - RECURSO DE CASACIÓN.' Expte. Nº 01-U-13 IURIX Nº 172642/9, del 6/11/2013; ...).

En consecuencia, siendo las cuestiones planteadas por el recurrente ajenas al ámbito de la casación, el medio recursivo en estudio deviene improcedente, más aún cuando el recurso de casación no procura una tercera instancia con el fin de revisar la justicia material de las sentencias de tribunales de grado, sino más bien el restablecimiento del imperio de la ley, que lleva por consiguiente, una función pública, con prescindencia de los intereses de las partes (STJSL N° 31/09 'Pérez Sandra Noemí y Otros c/ Lucia Perfumes...').

En mérito a ello, corresponde rechazar el recurso de casación, por los motivos expresados ut supra, al no verificarse en el caso a estudio, la configuración de las causales señaladas por el impugnante, sino que se observa más bien, una disconformidad con lo resuelto.

Por lo expuesto VOTO a esta SEGUNDA CUESTIÓN por la NEGATIVA."

Dispositivo final (transcripción literal):

"SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación interpuesto por la codemandada. Con pérdida del depósito. II) Costas a la vencida. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

(No hubo votos en disidencia; los Dres. Corvalán, Cobo y Tardieu de Quiroga votaron en acuerdo.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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