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Tribunal Superior

(O.)-ZABALA HECTOR HOMICIDIO SIMPLE - JUICIO ORAL - RECURSO DE CASACION.-AY.

La defensa de Héctor Zavala interpuso recurso de casación contra la sentencia condenatoria por homicidio simple, solicitando la recalificación a homicidio culposo y la inaplicabilidad del art. 41 del Código Penal. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por improcedente, entendiendo que la valoración probatoria y la motivación del tribunal de juicio son congruentes y no adolecen de vicios que habiliten la casación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
PEX 179980/15
Homicidio simple Recurso de casacion Valoracion de la prueba Sana critica Pericia balistica Autopsia Agravante art. 41 cp Rechazo Costas al recurrente Sentencia penal definitiva.

¿Quién es el actor?

Defensa particular del condenado Héctor Zavala (Dr. Salvador Hugo Scarso) en carácter de recurrente.

¿A quién se demanda?

Sentencia de la Excma. Cámara en lo Penal y Correccional de la Tercera Circunscripción (Estado/proceso penal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de casación contra la Sentencia Nº 1 de fecha 02/02/17 que condenó a Héctor Zavala por homicidio simple a 15 años de prisión; se solicita la modificación de la calificación a homicidio culposo y la inaplicabilidad del art. 41 del Código Penal.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de casación interpuesto. Costas al recurrente vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes (citas textuales del fallo):

"Vistas las referenciadas constancias de la causa en juicio oral, público y contradictorio, el Tribunal tiene por probado que el acusado efectivamente acometió contra el damnificado a las 15:30 hs aproximadamente del día 03 de Junio de 2015 utilizando el arma de fuego secuestrada en autos."

"El informe médico forense acredita la causa de muerte de la víctima, todo ello vinculado con pruebas periciales incorporadas regularmente al debate y ratificadas en el mismo por sus autores."

"Por los fundamentos expuestos, el segundo agravio debe ser rechazado. En consecuencia debo destacar, que en el texto del fallo, no aparecen los vicios de errónea aplicación del tipo penal, de la calificación del hecho y de la agravante del art. 41 bis del C. Penal, a lo que agrego, que los agravios expuestos se fundan en una mera discrepancia del recurrente con la valoración de los hechos y de la prueba efectuada por el Tribunal del Juicio. Por el contrario, en el fallo impugnado, se han consignado suficiente las razones que llevan a determinar las conclusiones expresadas, por lo que el recurso articulado deviene improcedente, y debe ser rechazado. En consecuencia, por las consideraciones expresadas, corresponde el rechazo del Recurso de Casación interpuesto. Costas al recurrente vencido."

¿Cómo votaron los jueces?

La Sra. Dra. Lilia Ana Novillo presentó el voto rector y fue acompañado por las Dras. Martha Raquel Corvalán y Carlos Alberto Cobo — la decisión es unánime en los términos del dispositivo.

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