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Tribunal Superior

ALANIZ VERONICA A. C/ MERCEDES 2000 S.A. Y OTRO S/ PROCEDIMIENTO DECLARATIVO CON TRAMITE ABREVIADO - LABORAL - JUNTA MEDICA - RECURSO DE CASACION

Se planteó excusación por parentesco de la Sra. Presidente del Superior Tribunal en causa laboral con recurso de casación. El Tribunal hizo lugar al apartamiento solicitado por resultar aplicable la causal del art. 30 del Código de Procedimientos Civil y Comercial ante la existencia de parentesco en primer grado y la alegada violencia moral.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 268715/14
Excusacion Parentesco en primer grado Art. 30 cpc y c Violencia moral Apartamiento Procedimiento declarativo laboral Junta medica Recurso de casacion Asociart s.a. art Presidencia del tribunal

¿Quién es el actor?

La Sra. Presidente del Superior Tribunal, Dra. Lilia Ana Novillo, quien formuló la excusación.

¿A quién se demanda?

Incidente planteado en los autos "ALANÍZ VERÓNICA A. c/ MERCEDES 2000 S.A. y OTRO s/ PROCEDIMIENTO DECLARATIVO CON TRÁMITE ABREVIADO - LABORAL - JUNTA MÉDICA - RECURSO DE CASACIÓN" (IURIX EXP Nº 268715/14).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Apartamiento/excusación de la Sra. Presidente para entender en la causa por existir parentesco en primer grado con una persona vinculada a una aseguradora (Asociart S.A. ART), invocándose causal prevista en el art. 30 del CPC y C.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación formulada por la Dra. Lilia Ana Novillo; regístrese y notifíquese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en fecha 14/09/17 (actuación 7845038), la Sra. Presidente de este Superior Tribunal, Dra. LILIA ANA NOVILLO, se excusa de entender en la presente causa, en virtud de que la Ingeniera Silvina Baretto, con quien tiene parentesco en primer grado consanguíneo, es Jefe de Agencia de la firma Asociart S.A. ART, razón por la cual entiende se encuentra comprendida en lo dispuesto por el art. 17 incs. 1, 2 y art. 30 del Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia."

"En mérito a lo manifestado por la Dra. Lilia Ana Novillo, y de acuerdo a lo resuelto en autos 'BENITEZ JOSÉ SALVADOR c/ ASOCIART S.A. - ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL- RECURSO DE CASACIÓN' (S.I. Nº 366/14 del 9/9/14) entre otros, corresponde admitir el apartamiento solicitado, toda vez que constituye causal de excusación la circunstancia para la invocante, de que el parentesco acreditado le ocasione violencia moral que le impida expresarse con ecuanimidad de criterio, encontrándose así configurada la causal prevista en el art. 30 del CPC y C."

Texto del dispositivo final: "SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Presidente de este Superior Tribunal, Dra. LILIA ANA NOVILLO. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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