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Tribunal Superior

BOLLATI CARLOS ALBERTO C/ MOLINOS RIO DE LA PLATA S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL- RECURSO DE CASACION - REGULACION DE HONORARIOS.-

Solicitud de regulación de honorarios por la labor en instancia de casación en autos “BOLLATI CARLOS ALBERTO c/ MOLINOS LA PLATA S.A. s/ accidente o enfermedad laboral”. El Superior Tribunal reguló los honorarios fijando el 40% de lo pautado en primera instancia y dispuso montos concretos para cada profesional con devengamiento de intereses según tasa activa del BNA desde 19/09/16.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 229653/12
Regulacion de honorarios Recurso de casacion Accidente o enfermedad laboral Honorarios profesionales Tasa activa bna Art. 14 ley de honorarios iv-09-10-2014 Patrocinante Apoderada Devengamiento de intereses Instancia de casacion.

¿Quién es el actor?

Dr. Enrique A. Constanzo y Dra. Adela Pérez del Viso, peticionantes para la regulación de sus honorarios por su actuación en esta instancia.

¿A quién se demanda?

Solicitud dirigida ante el Superior Tribunal en autos “BOLLATI CARLOS ALBERTO c/ MOLINOS LA PLATA S.A. s/ accidente o enfermedad laboral” (la regulación recae sobre lo actuado en la causa, en representación de la parte demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por la labor cumplida en la instancia de casación (contestación del recurso de casación).

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios del Dr. Enrique A. Constanzo en $70.127,67 y los de la Dra. Adela Pérez del Viso en $31.557,45; dichas sumas devengarán interés por la tasa activa del BNA desde el 19/09/16 hasta el pago efectivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el presente caso, atento la labor realizada en esta instancia (contestación del recurso de casación), el resultado obtenido y de conformidad a lo previsto por el art. 14 de la Ley de Honorarios N° IV-09-10-2014, se fija el cuarenta por ciento (40%) de los honorarios regulados en primera instancia.

En consecuencia, corresponde regular al Dr. Enrique A. Constanzo como patrocinante, la suma de $ 70.127,67 (pesos setenta mil ciento veintisiete con sesenta y siete centavos) y a la Dra. Adela Pérez del Viso, como apoderada, $ 31.557,45 (pesos treinta y un mil quinientos cincuenta y siete con cuarenta y cinco centavos).

A su vez, la suma regulada deberá ser ajustada en la forma y modo establecido en la regulación de primera instancia; esto es, devengará un interés que surja de aplicar la tasa activa promedio que publica el BNA, desde el 19/09/16 (fecha de la liquidación practicada por actuación N° 6117894/16 y aprobada por actuación 6200322/16, firmada el 07/10/16) y hasta la fecha del pago total y efectivo (art. 57 de la Ley de Aranceles Profesionales)."

Bloque dispositivo final:

"SE RESUELVE : I) Regular los honorarios profesionales del Dr. ENRIQUE A. CONSTANZO, como patrocinante, en la suma $ 70.127,67 (pesos setenta mil ciento veintisiete con sesenta y siete centavos).

II) Regular los honorarios profesionales de la Dra. ADELA PÉREZ DEL VISO, como apoderada, en la suma de $ 31.557,45 (pesos treinta y un mil quinientos cincuenta y siete con cuarenta y cinco centavos).

III) Dicha suma devengará un interés que surja de aplicar la tasa activa que publica el BNA desde 19/09/16 (fecha de la liquidación practicada y aprobada) y hasta la fecha del pago total y efectivo.

REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

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