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Tribunal Superior

ARCE ROBERTO JESUS - QUERELLA

El querellante Roberto Jesús Arce solicitó que se declare la competencia federal para revisar su condena por secuestro y homicidio; se planteó la intervención del fuero federal en virtud de presuntos delitos de lesa humanidad. El Superior Tribunal de Justicia de San Luis declaró competente a la justicia ordinaria provincial y remitió las actuaciones al Juzgado Penal en turno, por entender que no se reúnen los requisitos para la intervención excepcional del fuero federal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
PEX 146137/13
Competencia Conflicto de jurisdiccion Justicia ordinaria Fuero federal Delitos comunes Lesa humanidad (controversia) Remision de actuaciones Procurador general Causa 413/1978 Condena 10/06/1980

¿Quién es el actor?

Roberto Jesús Arce, quien se presentó como parte querellante.

¿A quién se demanda?

Se discutía la competencia entre la Justicia Federal de San Luis y la Justicia Provincial; la resolución se comunica al Juzgado Federal de Primera Instancia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Planteo de competencia — solicitud, en términos prácticos, de intervención del fuero federal para revisar una condena provincial (causa Nº 413/1978) por secuestro y homicidio agravado y por estafa o fraude procesal; vinculación con causas de derechos humanos y posible "revisión" de la sentencia condenatoria de 1980.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la competencia de la justicia ordinaria provincial y se remitieron las actuaciones al Juzgado Penal en turno. Se hizo saber lo resuelto al Juzgado Federal de Primera Instancia de San Luis.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que a criterio de esta Procuración, el planteo efectuado resulta COMPETENCIA DE LA JUSTICIA PROVINCIAL, no ameritando la consideración del fuero de excepción, correctamente fundado ello -en consideraciones que se comparten- por los funcionarios del fuero Federal."

"Que atento lo manifestado y constancias de autos, se advierte que los delitos invocados son de competencia de la justicia ordinaria, no presentándose los requisitos para habilitar la intervención excepcional y restrictiva de la justicia federal."

"Por ello, de conformidad con el Procurador General, SE RESUELVE: I) Declarar la competencia de la justicia ordinaria para entender en la presente causa, en consecuencia remitir las actuaciones al Juzgado Penal en turno que correspondiere. II) Hacer saber lo resuelto a Juzgado Federal de Primera Instancia de San Luis. III) Ofíciese a sus efectos. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución dispositiva final, firmada digitalmente por los Sres. Ministros MARTHA RAQUEL CORVALÁN, LILIA ANA NOVILLO y CARLOS ALBERTO COBO, constituye la decisión del Tribunal (unanimidad en el dispositivo final).

Fechas y antecedentes relevantes: resolución de la Cámara Federal del 02/05/2013; dictamen del Procurador General de fecha 26/02/2018; condena provincial dictada el 10/06/1980 en la causa Nº 413/1978.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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