SANCHEZ CESAR OSVALDO C/ ASOCIART ART S.A. Y OTROS S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE CASACION
La Dra. Lilia Ana Novillo solicitó excusación por parentesco en la causa Sánchez César Osvaldo c/ Asociart ART S.A. y otros s/ accidente o enfermedad laboral. El Superior Tribunal admitió la excusación por hallarse configurada la causal del art. 30 del Código de Procedimientos Civil y Comercial, atento el parentesco con la Jefe de Agencia de la aseguradora.
¿Quién es el actor?
La Sra. Ministro del Superior Tribunal, Dra. Lilia Ana Novillo, quien formuló la excusación.
¿A quién se demanda?
Expediente principal: SÁNCHEZ CÉSAR OSVALDO c/ ASOCIART ART S.A. y otros s/ accidente o enfermedad laboral (Recurso de casación, IURIX EXP Nº 220165/11).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicitó el apartamiento/excusación de la Sra. Ministro Novillo por existencia de parentesco en primer grado consanguíneo con la Ingeniera Silvina Baretto, Jefe de Agencia de Asociart S.A. ART.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la excusación formulada por la Dra. Lilia Ana Novillo; su apartamiento fue admitido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original):
"Que en fecha 15/03/18 (actuación Nº 8809574), la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. LILIA ANA NOVILLO, se excusa de entender en la presente causa, en virtud de que la Ingeniera Silvina Baretto, con quien tiene parentesco en primer grado consanguíneo, es Jefe de Agencia de la firma Asociart S.A. ART, razón por la cual entiende se encuentra comprendida en lo dispuesto por el art. 17 incs. 1, 2 y art. 30 del Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia."
"En mérito a lo manifestado por la Dra. Lilia Ana Novillo, y de acuerdo a lo resuelto en autos 'BENITEZ JOSÉ SALVADOR c/ ASOCIART S.A. - ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL- RECURSO DE CASACIÓN' (S.I. Nº 366/14 del 9/9/14) entre otros, corresponde admitir el apartamiento solicitado, toda vez que constituye causal de excusación la circunstancia para la invocante, de que el parentesco acreditado le ocasione violencia moral que le impida expresarse con ecuanimidad de criterio, encontrándose así configurada la causal prevista en el art. 30 del CPC y C."
Dispositivo final:
"SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. LILIA ANA NOVILLO. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución está firmada digitalmente por los Ministros MARTHA RAQUEL CORVALÁN, CARLOS ALBERTO COBO y JAVIER SOLANO AYALA, conforme al bloque resolutorio final.
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