FERNANDEZ JOSE GABRIEL (IMP) SOSA VICTOR JORGE (DAM) - HOMICIDIO EN OCASION DE ROBO -CONTIENDA DE COMPETENCIA-
Contienda de competencia por excusación del juez que intervino como subrogante en instrucción en causa por homicidio en ocasión de robo. El Superior Tribunal resolvió integrar la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Correccional y Contravencional N°1 con los señores camaristas de la Cámara Penal N°2 y ordenó notificar y remitir las actuaciones para que la causa siga su estado.
¿Quién es el actor?
Dr. Jorge Sabaini Zapata (formuló excusación por haber intervenido como Juez Subrogante en la etapa de instrucción).
¿A quién se demanda?
Cámara de Apelaciones en lo Penal, Correccional y Contravencional N°1 (conflicto de integración del tribunal ante la excusación).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se integre la Cámara Penal N°1 ante la excusación aceptada del Dr. Sabaini Zapata, señalando quiénes deben suplir la vacancia para garantizar la realización del debate oral.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la integración propuesta: la Cámara N°1 deberá integrarse con los camaristas de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y Correccional N°2 de la Primera Circunscripción; se librará oficio a la Cámara N°2 y se bajarán los autos a la Cámara N°1 para que la causa siga su estado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en fecha 18/09/17, por actuación Nº 7861671, el Dr. Jorge Sabaini Zapata, Juez de la Cámara del Crimen Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial, se excusa de entender en la presente causa, en virtud de haber intervenido como Juez Subrogante en la etapa de instrucción."
"Que este tribunal comparte el criterio expuesto por el Sr. Procurador General, por lo que se considera que debe integrarse el tribunal con los Sres. Camaristas de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y Correccional Nº 2 de la Primera Circunscripción. Tal es el criterio sostenido en autos: 'BUSTOS FRANCO DAMIÁN (...) CONTIENDA DE COMPETENCIA' – IURIX PEX N° 176997/15, por STJSL-S.J. – S.I. Nº 425/17, de fecha 23/11/17."
"Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: I) Declarar que debe integrarse la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Correccional y Contravencional N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial, por la excusación del Dr. Jorge Sabaini Zapata, aceptada en autos, con los Sres. Camaristas de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y Correccional Nº 2 de la misma Circunscripción Judicial. II) Líbrese Oficio a la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y Correccional Nº 2 de la misma Circunscripción Judicial haciendo saber lo aquí resuelto. III) Bajen los autos a la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Correccional y Contravencional N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial Tribunal a los fines de que la causa siga según su estado."
(No se registran votos en disidencia en el texto provisto; la parte resolutiva final constituye la decisión mayoritaria.)
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