ROLEDER HECTOR RUBEN C/ SANCHES LUCAS DANIEL Y OTRO S/ COBRO DE PESOS - LABORAL
La actora solicitó aclaratoria de la sentencia interlocutoria relativa a la orden de practicar la planilla de liquidación en juicio laboral. El Superior Tribunal hizo lugar al recurso y aclaró que debe ordenarse al Juzgado Laboral N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial (y no al N° 2), remitiendo la resolución al juzgado correspondiente.
¿Quién es el actor?
ROLEDER HÉCTOR RUBÉN (parte actora que interpone recurso de aclaratoria).
¿A quién se demanda?
SÁNCHES LUCAS DANIEL y otro (autos caratulados "c/ SÁNCHES LUCAS DANIEL y OTRO s/ COBRO DE PESOS - LABORAL", IURIX EXP N° 244975/12).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de aclaratoria contra la Sentencia Interlocutoria STJSL-S.J.–S.I. Nº 007/18 del 07/02/18 por supuesto error material en la identificación del juzgado (solicita que donde figura "Juzgado Laboral N° 2" se lea "Juzgado Laboral N° 1").
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de aclaratoria y se aclaró la sentencia interlocutoria, corrigiendo en considerandos y parte resolutiva la mención al Juzgado Laboral N° 2 por Juzgado Laboral N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial; se ordenó además bajar la resolución al Juzgado Laboral N° 1 para su cumplimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, asistiéndole razón a la recurrente, se advierte que se ha incurrido involuntariamente, en un error subsanable, en la parte resolutiva y en los considerandos de la resolución STJSL-S.J.–S.I. Nº 007/18 del 07/02/18, en cuanto se hace referencia al Juez del Juzgado Laboral N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, debiendo decir Juez del Juzgado Laboral N° 1, conforme lo preceptuado por los arts. 36 inc 6) y 166 inc. 2 del CPC y C."
"Por lo expuesto y normas legales citadas, SE RESUELVE:
I) Hacer lugar al Recurso de Aclaratoria deducido por la actora.
II) En consecuencia, aclarar la Sentencia Interlocutoria STJSL-S.J.–S.I. Nº 007/18 del 07/02/18, en la que deberá leerse en los considerandos y en la parte resolutiva donde dice: 'al Juzgado Laboral Nº 2' debe decir 'al Juzgado Laboral Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial', quedando en consecuencia, la parte resolutiva redactada de la siguiente manera: 'Ordenar a la Sra. Juez del Juzgado Laboral N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, que practique la planilla de liquidación, conforme la sentencia de la Cámara de Apelaciones SD. N° 301/16 (6/12/16)'."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución está firmada digitalmente por los Dres. MARTHA RAQUEL CORVALÁN, LILIA ANA NOVILLO y CARLOS ALBERTO COBO; no se registra disidencia.
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