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Tribunal Superior

ALANIZ VERONICA A. C/ MERCEDES 2000 S.A. Y OTRO S/ PROCEDIMIENTO DECLARATIVO CON TRAMITE ABREVIADO - LABORAL - JUNTA MEDICA - RECURSO DE CASACION

La ART interpuso recurso de casación contra el auto que revocó la nulidad de la Junta Médica en un procedimiento laboral sobre certificación médica. El Superior Tribunal declaró formalmente inadmisible la casación por no ser la resolución recurrida una sentencia definitiva y aplicó la pérdida del depósito, con costas al vencido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 268715/14
Casacion Inadmisibilidad Art. 286 cpc y c Perdida del deposito Junta medica Ley 24.557 Materia laboral Interlocutorio Costas al vencido Competencia procesal

¿Quién es el actor?

ASOCIART ART S.A. (recurrente).

¿A quién se demanda?

Alaníz Verónica / Mercedes 2000 S.A. (parte actora en el expediente de origen).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de casación contra el Auto Interlocutorio Nº 158 (29/09/2016) que revocó la declaración de nulidad de la Junta Médica; discusión sobre admisibilidad de la casación y naturaleza procesal de la resolución (proceso laboral, cuestión sobre trámite previo de Comisiones Médicas / Ley Nº 24.557).

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente inadmisible el recurso de casación, con pérdida del depósito; costas al vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, este Superior Tribunal en innumerables precedentes ha dicho: '... para la procedencia del recurso en cuestión es necesario que la decisión cuestionada sea una sentencia definitiva es decir, la que dirime el fondo del pleito, la que declara la voluntad de la ley, terminando la controversia sin que sea posible renovarla y que, de quedar firme, producirá cosa juzgada.' (Cfr. STJSL Nº 53/06 ...)."

"Va de suyo que la resolución que se recurre, en cuanto deja sin efecto la declaración de nulidad de la Junta Médica en el marco de un proceso promovido a tal fin, no reviste el carácter de sentencia definitiva ni es equiparable a ella."

"En consecuencia, por lo expuesto y compartiendo en lo demás lo dictaminado por el Sr. Procurador General, VOTO a esta PRIMERA CUESTIÓN por la NEGATIVA... Corresponde declarar formalmente inadmisible el recurso de Casación, con pérdida del depósito. ASÍ LO VOTO."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. MARTHA RAQUEL CORVALÁN (ponente), CARLOS ALBERTO COBO y JAVIER SOLANO AYALA votaron en igual sentido por la inadmisibilidad y pérdida del depósito. No hubo votos en disidencia.

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