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Tribunal Superior

FARIAS MARIA JOSEFA C/ LOPEZ SILVIA GRACIELA Y OTRO S/ RECURSO DE QUEJA-2DA INSTANCIA - RECURSO DE QUEJA.-

El Procurador General Dr. Fernando Oscar Estrada solicitó excusación por vínculo de parentesco con apoderado de la parte demandada en el expediente principal. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la excusación por hallarse configurada la causal de parentesco y ordenó dar intervención al subrogante legal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 321308/18
Excusacion Parentesco Procurador general Cpc y c. arts. 17/30/33 Conflicto de interes Recusacion Subrogante Recurso de queja Iurix Expediente 313278/17

¿Quién es el actor?

No corresponde — es un incidente planteado por el Procurador General, Dr. Fernando Oscar Estrada.

¿A quién se demanda?

No corresponde — se excusa de intervenir respecto del expediente principal caratulado FARÍAS MARÍA JOSEFA c/ LÓPEZ SILVIA GRACIELA y OTRO s/ RECURSO DE QUEJA (Expte. 313278/17).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se pide la excusación del Procurador General por parentesco con el Dr. Eduardo Luis Estrada Dubor, quien interviene como apoderado de la parte demandada en el expediente principal.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la excusación formulada por el Sr. Procurador General Dr. Fernando Oscar Estrada y se dispone la intervención de su subrogante legal. Resolución firmada por los Ministros Corvalán, Novillo y Cobo, San Luis, 14/06/2018.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que por actuación Nº 9274159 de fecha 24/05/18, el Procurador General, Dr. Fernando Oscar Estrada se excusa de entender en la presenta causa, atento la intervención del Dr. Eduardo Luis Estrada Dubor, con quien guarda parentesco dentro del 4º por consanguinidad, en virtud de lo dispuesto en los arts. 30, 33 y 17 inc. 1º y 9º del CPC y C."

"Que analizadas las constancias de la causa por sistema IURIX, surge efectivamente la intervención del Dr. Eduardo Luis Estrada Dubor como apoderado de la parte demandada en el expediente principal (313278/17), por lo que resulta procedente y ajustado a derecho hacer lugar al apartamiento requerido."

"Se ha sostenido que: 'La causal de parentesco invocada excede el plano meramente subjetivo de quien la alega, y se funda en una circunstancia objetiva que tiene encuadre legal en el art. 17 inc. 1° del CPCC, a la vez que comporta la configuración de los motivos graves de decoro y delicadeza previstos por el art. 30 de ese ordenamiento procesal.'"

"Por lo que debe hacerse lugar a la excusación formulada por el Dr. Fernando Estrada (arts. 30, 33 y 17 incs. 1º y 9º del CPC y C.), debiendo darse intervención a su subrogante legal."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución final está firmada por los Sres. Ministros MARTHA RAQUEL CORVALÁN, LILIA ANA NOVILLO y CARLOS ALBERTO COBO; el bloque dispositivo final hace lugar a la excusación (decisión de la mayoría/unanimidad en el acuerdo).

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