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Tribunal Superior

RECURSO DE CASACION EN AUTOS: ALBORNOZ WALTER OSCAR (IMP) - ALCARAZ IVANA ANDREA (DEN) AV. HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA

El defensor interpuso recurso extraordinario federal contra la resolución que rechazó la casación sobre la denegatoria de suspensión de juicio a prueba. El Superior Tribunal denegó la admisibilidad del recurso por falta de definitividad de la resolución impugnada y por insuficiencia y generalidad del agravio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 138380/2
Recurso extraordinario federal Admisibilidad Definitividad Suspension de juicio a prueba Art. 76 bis c.p. Agravio insuficiente Penal Costas Superior tribunal de justicia Camara penal

¿Quién es el actor?

El defensor del imputado Walter Oscar Albornoz, en representación del procesado.

¿A quién se demanda?

Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis (resolución recurrida dictada por el Superior Tribunal y previa decisión de la Cámara Penal Nº 2).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Admisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto contra la STJSL-S.D. N° 131/17 (16/11/2017) que rechazó la casación deducida contra el auto de la Cámara que negó la suspensión de juicio a prueba (art. 76 bis C.P.).

¿Qué se resolvió?

Se deniega la admisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto el 08/12/2017, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, es criterio del Superior Tribunal, en seguimiento de pautas dadas por la Corte Suprema de Justicia, que no constituye sentencia definitiva la decisión judicial cuya consecuencia sea, que el imputado siga ligado a un proceso judicial."

"Ha sostenido reiteradamente este Alto Cuerpo que: '...en materia criminal como la que se trata, solo produce sentencia definitiva o resuelve cuestión constitucional el auto de sobreseimiento y la sentencia definitiva y auto fundado que dispone no instruir sumario por inexistencia del delito o causal impeditiva o extintiva de la acción penal'..."

"Lo expuesto se resiente de excesiva generalidad, lo que atenta contra la concretitud requerida doctrinariamente, para hacerlo atendible."

"Debe tenerse presente, que no se le ha impedido al imputado peticionar el beneficio contenido en el art. 76 bis del C.P., sino que habiéndolo solicitado, fue evaluado por la Cámara, quien resolvió negarlo. Y la continuación del proceso, no vulnera el derecho de defensa del imputado..."

"Por ello, al no cumplimentarse los requisitos de admisibilidad de acuerdo al análisis precedente, el recurso en estudio deviene improcedente."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución aparece firmada digitalmente por los Sres. Ministros MARTHA RAQUEL CORVALÁN, LILIA ANA NOVILLO y CARLOS ALBERTO COBO; el bloque dispositivo final deniega el recurso y constituye la decisión mayoritaria.

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