JurisprudenciaARG
Primera Instancia

LOPEZ, VICTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES solicitando la recalculación del haber previsional y la correspondiente movilidad y diferencias retroactivas. El Juzgado Federal N°2 de Rosario hizo lugar a la demanda, ordenó a ANSES abonar el haber recalculado y las diferencias retroactivas conforme las pautas fijadas en los considerandos, y condenó en costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE ROSARIO 2
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 003587/2024
Reajuste previsional Movilidad Ley 24.241 Ley 27.426 Ley 27.609 Anses Diferencias retroactivas Prescripcion Pbu Costas

¿Quién es el actor?

López Víctor.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste/recalculo del haber inicial, determinación de la movilidad aplicable y cobro de diferencias retroactivas por percepción insuficiente del haber previsional (beneficio otorgado bajo ley 24.241, adquisición del derecho el 09/08/2017).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se ordenó a ANSES que proceda al pago del haber recalculado y de las diferencias retroactivas conforme las pautas fijadas en los considerandos; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios, con referencia al art. 52 de la ley 27.423 y al art. 2 de la ley 27.423 para la dirección letrada de la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Surge del expediente administrativo pertinente que el actor adquiere el derecho a las prestaciones del Régimen Previsional –prestación básica universal PBU, prestación compensatoria PC y prestación adicional por permanencia PAP a partir del 09/08/2017; por servicios con aportes en relación de dependencia y autónomos. La normativa bajo la cual se le otorga el beneficio es la ley 24.241."

2) "Así las cosas, se verifica que las cuestiones a dirimir en la causa mencionada son sustancialmente análogas a las resueltas por este Juzgado en los autos 'DENHOFF OLGA SUSANA C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS' Nº 4917/2018 Sentencia de fecha 08/07/2020, (Disponible en Sentencia de 1° Instancia). Por lo tanto, me habré de remitirme en honor a la brevedad, en lo relativo al modo de recalculo del haber inicial a los fundamentos y precedentes allí citados."

3) "En relación a la validez constitucional de la Ley 27.426, ante el nuevo escenario, luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunciara in re: 'FERNANDEZ PASTOR, MIGUEL ANGEL C/ ANSES S/ AMPAROS Y SUMARÍSIMOS', en fecha 4/12/2025, revocando la Sentencia de la CFSS (Sala III) que había declarado inconstitucional el artículo 2° de la Ley 27.426 en estos términos: '...Que, por lo demás, de acuerdo a los términos de la ley 26.417 ya descriptos, el legislador no consagró un devengamiento mensual de la movilidad...'. No encontrando, en el caso de autos, elementos que autoricen a apartarse de lo decidido por el Alto Tribunal, corresponde el rechazo del planteo de inconstitucionalidad formulado."

4) "En relación al pedido de incorporación al haber previsional de los aumentos dados a las mínimas desde el mes de septiembre del 2022... Dicho beneficio... tienen un carácter extraordinario, fueron otorgados con un fin específico y a un grupo determinado de beneficiarios... En virtud de lo expuesto, procede su rechazo."

5) Sobre prescripción: "Corresponde entonces, liquidar tales diferencias por reajuste desde el 20/09/2021, y hasta el momento del efectivo pago, debiendo descontarse los pagos realizados en el marco de la ley 27260 si los hubiere."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra voto en disidencia; la sentencia es de la Jueza Natalia Analia Martinez (conjueza federal) y el bloque resolutivo es el que se cumplimentó.

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 24 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 26.417Prestaciones previsionales
  • Ley 27.426art. 2 · Reforma previsional
  • Ley 27.541art. 55 (mención) · Emergencia publica
  • Ley 27.609art. 3 (mención) · Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 27.423art. 52; art. 36 (mención) · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • 532/2022
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 11.672Permanente de presupuesto
  • Ley 27.260

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