Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RACHIT , NICOLAS MIGUEL s/INFRACCION LEY 23.737
Juicio abreviado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización contra Nicolás Miguel Rachit. La jueza declaró admisible el procedimiento y condenó al imputado a cuatro años de prisión y multa de 45 UF, disponiendo decomiso y destrucción de elementos y transferencia del dinero secuestrado.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal, representado por el Sr. Fiscal Dr. Pablo Ricardo Di Loreto.
¿A quién se demanda?
Nicolás Miguel Rachit, DNI 45.026.473 (imputado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Responsabilidad penal por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c Ley 23.737).
¿Qué se resolvió?
Se declaró admisible el juicio abreviado y se condenó a Nicolás Miguel Rachit como autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización a la pena de cuatro (4) años de prisión, multa de cuarenta y cinco unidades fijas (45 UF), accesorias legales y costas; además se ordenó la destrucción por incineración de las sustancias y decomiso y destrucción de elementos vinculados, y el decomiso y transferencia/deposito del dinero secuestrado a la cuenta indicada. Se difirió la regulación de honorarios y se ordenó la publicación y registro del fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"declaro admisible el Juicio Abreviado traído a mi conocimiento, sin perjuicio del pronunciamiento definitivo que adopte en la presente causa sobre el fondo de la cuestión."
"la valoración conjunta de los elementos probatorios reseñados permite tener por acreditada la tenencia de las sustancias estupefacientes por parte de Nicolás Miguel Rachit y proporciona sustento para concluir que aquellas se encontraban destinadas a su comercialización, conforme a la hipótesis sostenida por el Ministerio Público Fiscal."
"la calificación jurídica que en ese sentido se acordara a la conducta del imputado resulta ajustada a derecho."
"El quantum de la pena de prisión y de la multa establecida -4 años de prisión y 45 UF-, constituye la frontera punitiva que ha sido tenida en miras al celebrar el acuerdo de juicio abreviado..."
¿Cómo votaron los jueces?
no se registran votos en disidencia; la sentencia fue dictada unipersonal por la Jueza de Cámara.
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Normas que cita
- Ley 23.737arts. 5, 30, 39 · Modificacion al codigo penal
- CParts. 12, 21, 23, 29 inc.3, 45 · Codigo penal
- CPPNarts. 431 bis, 493, 530, 531, 533 · Codigo procesal penal
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Acordada 10/2025 CSJN (C.s.j.n.)
- Constitución Nacionalart. 18; 75 inc.22 · Constitucion nacional
- DADDH / DUDH / CADH / PIDCart. 26 DADDH; art.10 y 11 DUDH; 8.1 CADH; 14.1 PIDC y P.
Fallos que cita
- "Huanca Cruz, Dimas Nicolás s/ impugnación"CFCP (Cámara Federal de Casación Penal) · 31/07/2020
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