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Tribunal Superior

BORELLI ANA C/ SILVESTRE RUBEN JULIO S/ REIVINDICACION - RECURSO DE CASACION.-

La actora promovió recurso de queja contra la denegatoria del recurso extraordinario de inconstitucionalidad en causa por reivindicación. El Superior Tribunal de Justicia rechazó la queja por improcedente al considerar que los agravios sólo impugnan valoración de pruebas y no rebatieron la resolución denegatoria ni acreditaron arbitrariedad constitucional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 173804/2
Recurso de queja Recurso extraordinario de inconstitucionalidad Denegatoria Reivindicacion Valoracion de la prueba Arbitrariedad Admisibilidad Procedimiento civil Art. 281 bis cpc Sentencia interlocutoria

¿Quién es el actor?

Ana Borelli (quejosa / actora).

¿A quién se demanda?

Rubén Julio Silvestre (contrademandado en la causa de reivindicación).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reivindicación de dominio / impugnación de sentencias de primera y segunda instancia y denegatoria de recurso extraordinario de inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de queja interpuesto contra la resolución que denegó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad (S.I. Nº 237/17). El Tribunal consideró que la queja no cuestionó razonadamente el auto denegatorio ni presentó agravios que evidencien un yerro constitucional o arbitrariedad que habilite la instancia extraordinaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En segundo lugar advertimos, que el recurrente no ha realizado una crítica razonada de la sentencia interlocutoria Nº 237 de fecha 07/12/17 (actuación Nº 8355800), que denegó la concesión del recurso extraordinario de inconstitucionalidad. Ello así, por cuanto de la lectura del escrito ESCEXT Nº 8488233 no surge, que el recurrente haya rebatido los argumentos considerados para denegar el recurso de inconstitucionalidad, a fin de demostrar el desacierto de los mismos."

"La queja es un instrumento para lograr la concesión de un recurso denegado es decir, que su objeto es solo impugnar las decisiones que deniegan recursos, lo que involucra la exigencia de refutar lo argüido por la Excma. Cámara para resolver la denegación y la consecuente exposición de una crítica eficaz de los considerandos, en orden a demostrar la admisibilidad de la impugnación extraordinaria."

"La mera disconformidad con la valoración de la prueba producida en modo alguno, justifica la tacha de arbitrariedad, pues los jueces no están obligados a seguir a las partes en todas sus argumentaciones, ni a ponderar una por una y exhaustivamente, todas las pruebas agregadas a la causa sino, sólo aquellas estimadas conducentes para fundar sus conclusiones."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución final se encuentra suscripta digitalmente por los Dres. Martha Raquel Corvalán, Lilia Ana Novillo y Carlos Alberto Cobo; el dispositivo final dispone el rechazo de la queja.

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