JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

CASTRO, NORMA ADRIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió acción contra ANSES por reajustes de haberes previsionales y planteó la inconstitucionalidad de la Ley 27.609. La Cámara Federal de Mendoza —Sala A— hizo lugar a la apelación, declaró inconstitucional el artículo 1º de la Ley 27.609, ordenó la recalculación y reajuste conforme pautas fijadas y condenó en costas a ANSES.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE MENDOZA
Jurisdicción
Federal · Mendoza
Expediente
FMZ 022220/2025/CA001
Anses Ley 27.609 Inconstitucionalidad Movilidad previsional Ipc Recalculo de haberes Costas Honorarios Uma Recurso de apelacion

¿Quién es el actor?

CASTRO, Norma Adriana (la actora).

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales y planteo de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la Ley Nº 27.609; pedido de aplicación de otra fórmula de actualización (IPC) y recalculo de haberes.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar al recurso de apelación de la actora; se declara la inconstitucionalidad del artículo 1° de la Ley N° 27.609; se imponen las costas a la demandada; y se regulan honorarios profesionales en un 30% de lo regulado en primera instancia, actualizables al valor de la UMA al momento del pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe recordar, que la declaración de inconstitucionalidad de una norma constituye la última ratio del ordenamiento jurídico, un acto de suma gravedad institucional al que solo debe recurrirse cuando no existe otro modo de salvar los derechos y garantías constitucionales involucrados."

"En tal precedente se declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley N°27.609, a cuyos fundamentos me remito y que deben ser aplicados al presente caso."

"Como consecuencia de todo lo anterior y en el caso particular que estamos analizando, corresponde ordenar la aplicación de la fórmula de movilidad antes mencionada, hasta la entrada en vigencia del Decreto 274/2024. Cálculo que deberá hacerse: En primer lugar, se debe partir del empalme indicado en la sentencia de primera instancia... Desde allí trimestralmente deberá realizarse el cálculo comparativo entre lo efectivamente percibido por el actor durante la vigencia de la Ley N°27.609 y lo que le hubiese correspondido de aplicar IPC para el mismo periodo, debiendo integrarse con la diferencia que surgieren a favor del actor por aplicación de este último si fuere mayor, hasta la entrada en vigencia del decreto 274/2024."

¿Cómo votaron los jueces?

Los tres vocales adhieren al voto que antecede; no hay disidencia mayoritaria consignada.

Normas que cita

Fallos que cita

  • "CORTES, LEONARDO EVARISTO c/ ANSES s/REAJUSTES"CFM Sala A · 11/04/2024
  • "GUERRA ALFREDO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS"CFM Sala A · 27/08/2021
  • "MORALES BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO"

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