NEIRA, FELICINDA ISABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales respecto de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, Sala A, confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó el recurso de apelación de ANSES, manteniendo la redeterminación de la PBU, la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias y la imposición de costas a ANSES.
¿Quién es el actor?
NEIRA, Felicinda Isabel.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios relativos a la Prestación Básica Universal (PBU), redeterminación del haber inicial, actualización de remuneraciones computables, y tratamiento tributario del retroactivo.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y se confirmó la sentencia de primera instancia en todos los puntos aquí discutidos; se impusieron las costas a ANSES; no se regularon honorarios de la representación de la actora por no haber intervenido en esta instancia; respecto de los honorarios de la demandada, rige el artículo 2 de la ley arancelaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De la doctrina emanada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos 'Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios' (Fallos 337:1277) no surge que el Alto Tribunal hubiera limitado la actualización de la PBU a los beneficios adquiridos hasta la entrada en vigencia de la ley n° 26.417. Por el contrario, allí se afirmó el carácter integral de los beneficios de la seguridad social, 'aspecto del que es parte esencial la correcta fijación del monto inicial de los haberes, pues de otro modo no podría mantener una relación justa con la situación de los activos' (considerando 9). La PBU integra el haber inicial (art. 17 de la ley 24.241), de modo que la integralidad que la Corte predica de este último alcanza también a aquella, cualquiera sea la fecha de adquisición del derecho."
"Por ello, corresponde confirmar lo resuelto, con la aclaración de que la incidencia porcentual de la merma deberá determinarse en la etapa de liquidación conforme a la pauta indicada."
"En consecuencia, corresponde rechazar el agravio y declarar de oficio la inconstitucionalidad del decreto 807/2016 y de la Resolución SSS 6/2016, conforme la doctrina de la Corte en 'Rodríguez Pereyra, Jorge Luis y otra c/ Ejército Argentino s/ daños y perjuicios' (Fallos 335:2333), debiendo mantener el ISBIC para la actualización de las remuneraciones computables, conforme el precedente 'Elliff'."
"Al respecto esta Sala ya se expidió en la causa Nº FMZ 28114/2016/CA1, caratulados: ‘DI LORENZO CARLOS FELIZ C/ANSES s/ Reajustes varios’ de fecha 06/10/2020 a cuyo fundamento me remito y donde dirimió la cuestión sobre el retroactivo."
¿Cómo votaron los jueces?
No hubo votos en disidencia; los tres jueces adhirieron al voto que fundamenta la decisión.
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Leyes que cita
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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