JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

BARROSO SILVINA DEL ROSARIO C/ ADAD ALEJANDRA S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO DE CASACION

La actora interpuso recurso de aclaratoria respecto de la sentencia que rechazó su recurso de casación en una causa por cobro de pesos (laboral). El Superior Tribunal de Justicia rechazó la aclaratoria por exceder sus límites al pretender modificar lo sustancial del decisorio y ordenó no cobrar costas por falta de sustanciación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 246937/12
Aclaratoria Recurso incidental Limites del recurso Casacion Costas Sustanciacion Cobro de pesos Laboral Rechazo Stjsl

¿Quién es el actor?

Barroso Silvina del Rosario (actora que presentó aclaratoria).

¿A quién se demanda?

Adad Alejandra (parte demandada en la causa laboral originaria).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicitó aclaratoria del fallo STJSL-S.J.-S.D. N° 124/18 (14/06/2018) que rechazó el recurso de casación interpuesto en autos “c/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO DE CASACIÓN”.

¿Qué se resolvió?

Rechazó el recurso de aclaratoria presentado el 15/06/2018 (actuación Nº 9435064) y dispuso “Sin costas por no haber habido sustanciación”.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Ahora bien, la propuesta contenida en el remedio procesal intentado por la actora, aunque no lo diga expresamente, tiende a obtener la modificación de la sentencia definitiva que decidió rechazar la demanda, por no haberse agotado la instancia administrativa, lo que implicaría una alteración sustancial en relación a lo decidido en STJSL-S.J.-S.D. N° 112/18 de fecha 29/05/2018, lo que claramente, rebasa los límites de la 'aclaratoria' articulada."

"La doctrina especializada al tratar el límite del remedio incoado, ha sido enfática al afirmar que: '…La resolución aclaratoria, (…) por imperio de la ley, no puede alterar la sustancia de la decisión corregida o complementada (arts. 36, inc. 6° y 166, inc. 2°, CPCCN) (…) en cuya virtud el juez “podrá corregir, pero no tanto”, esforzándose por preservar incólume –aun en la rectificación- la integridad conceptual e intelectual de la resolución aclarada (…) (d)icho en otras palabras, el juez podrá corregir errores materiales, aclarar conceptos oscuros o subsanar omisiones en la medida –y como límite que, de superarse, supondrá un exceso jurisdiccional y, por lo tanto, una hipótesis de arbitrariedad- que respete el alcance, el sentido y los contenidos esenciales de su original decisión…' (cfr. MIDÓN, Marcelo Sebastián, Tratado de los Recursos, Tomo II, de los recursos en particular, Edit. Rubinzal Culzoni, Año 2013, pág. 22)."

"Que de autos se observa, que se corrió traslado del recurso de casación (actuación N° 7834683 del 13/09/17) y que la parte demandada no lo contestó, por lo que al encontrarse vencido el mismo, por proveído de fecha 13/10/17 (actuación N° 8015717), se le dio por perdido el derecho dejado de usar. Se advierte, que este Superior Tribunal de Justicia, por sentencia Nº 124/18, en fecha 14/06/18, ya se pronunció con relación a las costas en esta instancia, por lo que no corresponde tratar el presente planteo en esta etapa procesal, ya que resulta ajeno al recurso de casación. Por ello, se impone el rechazo de la presentación aclaratoria de fecha 15/06/2018, actuación Nº 9435064 07/06/2018, sin costas por no haber habido sustanciación."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución dispone el rechazo en el bloque dispositivo final firmado digitalmente por los Dres. Martha Raquel Corvalán, Lilia Ana Novillo y Carlos Alberto Cobo; no consta disidencia.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.