JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

HERRERA, ELENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora pidió la declaración de inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad de la Ley 27.609 y el recalculo de sus haberes previsionales; la Cámara Federal de Mendoza (Sala A) declaró inconstitucional el artículo 1° de la ley 27.609 y confirmó la sentencia en los demás aspectos, ordenando a ANSES recalcular y ajustar los haberes conforme al criterio fijado por la Sala.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE MENDOZA
Jurisdicción
Federal · Mendoza
Expediente
FMZ 021591/2025/CA001
Movilidad previsional Ley 27.609 Inconstitucionalidad Anses Ipc Recalculo de haberes Decreto 274/2024 Costas Honorarios Sala a camara federal mendoza

¿Quién es el actor?

HERRERA, ELENA.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varias; impugnación de la fórmula de movilidad prevista en la Ley N° 27.609 y pedido de recalculo de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación de la actora; se declaró la inconstitucionalidad del artículo 1° de la Ley N° 27.609 y se confirmó la sentencia en los demás aspectos; no se hizo lugar al recurso de apelación de ANSES; se impusieron las costas a ANSES y se regularon honorarios (30% de lo regulado en primera instancia, actualizados al UMA).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Esta Alzada considera que el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley n° 27.609 no solo resulta central para resolver la cuestión de fondo planteada por el actor, sino que, además, engloba y absorbe la pretensión principal relativa a los decretos mencionados."

"Determinar la validez constitucional del marco legal de la movilidad previsional (Ley n° 27.609) permitirá resolver si los incrementos otorgados a través de dichos decretos se ajustan a un parámetro legal válido o, por el contrario, adolecen de un vicio de inconstitucionalidad en su origen normativo."

"En tal precedente se declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley N°27.609, a cuyos fundamentos me remito y que deben ser aplicados al presente caso."

"Propongo, para el caso de autos y en el contexto descripto, razonable utilizar aquella que toma en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicado por el INDEC..."

"Como consecuencia de todo lo anterior y en el caso particular que estamos analizando, corresponde ordenar la aplicación de la fórmula de movilidad antes mencionada, hasta la entrada en vigencia del Decreto 274/2024."

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo voto en minoría; los tres jueces (Pizarro, Pérez Curci y Soneira) adhieren al mismo sentido y firman el acuerdo.

Normas que cita

Fallos que cita

  • CORTES, LEONARDO EVARISTO c/ ANSES s/ REAJUSTESCÁMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A · 04/11/2024
  • GUERRA, ALFREDO ANTONIO c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOSCÁMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A · 27/08/2021
  • POBLETE, OSCAR ARGENTINO c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOSCÁMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B · 26/08/2021
  • BLANCOCSJN
  • Fallos 283:198CSJN
  • Fallos 298:354CSJN
  • Fallos 266:73CSJN

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