RECURSO DE CASACION INTERPONE DR. ZAVALA MARIO EDGAR, CAUSA PEX IMP. VALDEZ RAMON EDUARDO- DAMN. ESCUDERO LORENZO- AV. LESIONES CON ARMA DE FUEGO
El recurrente impugnó la sentencia del Superior Tribunal que rechazó el pedido de prescripción en la causa por lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego. El Superior Tribunal declaró inadmisible el recurso extraordinario federal por ausencia de agravio federal suficiente y por ser la cuestión de caducidad/convicción de hecho y prueba ajena al ámbito del recurso, imponiendo costas al recurrente.
¿Quién es el actor?
Recurrente: Valdéz Ramón Eduardo, a través de su apoderado/defensor Dr. Zavala Mario Edgar, quien interpuso recurso extraordinario federal.
¿A quién se demanda?
Sentencia dictada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis (STJSL) que resolvió rechazar el pedido de prescripción en el delito de lesiones graves agravadas por el uso de armas.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita la admisión del recurso extraordinario federal contra la sentencia STJSL-S.J.–S.I. Nº 088/18 (13/04/2018) que rechazó la prescripción, aduciendo arbitrariedad, vulneración del derecho de defensa y del debido proceso (art. 18 CN) y la incorrecta aplicación del art. 41 bis CP.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto y se impusieron las costas al recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales:
"Por tanto no es admisible que la Corte - vía una impugnación por supuesta arbitrariedad - pueda inmiscuirse en los fundamentos del inferior y solo podrá intervenir - por esa vía circunscribiéndose a descalificar pronunciamientos que, por la extrema gravedad de sus desaciertos u omisiones, no pueden adquirir validez jurisdiccional (Fallos: 324:3421, entre muchos otros)."
"En el caso los agravios expresados deben ser desestimados porque sólo trasuntan una mera discrepancia con la solución dada por el Tribunal y con la ponderación de los hechos y las pruebas efectuada por los jueces de la causa (Fallos: 275:45; 288:211; 302:836, etc.)."
"El recurso extraordinario deducido… debe ser desestimado, pues de los fundamentos dados por la apelante se desprende claramente que el núcleo central del planteo es la mera discrepancia con la decisión impugnada, sin evidenciarse —ni demostrarse— las alegadas lesiones constitucionales de las garantías de la doble instancia y del debido proceso."
Y el dispositivo final: "SE RESUELVE: I) Declarar inadmisible el Recurso Extraordinario Federal interpuesto. II) Costas al recurrente. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE."
Razones: El Tribunal realizó el juicio de admisibilidad exigible (plazo, definitividad, requisitos formales) y concluyó que los agravios no evidencian cuestión federal suficiente sino una mera discrepancia con la valoración de hechos y pruebas; asimismo señaló que cuestiones de caducidad de la instancia y valoración probatoria son materia propia de los jueces de la causa y, en general, insusceptibles del recurso extraordinario.
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos de disidencia en el dispositivo final; la resolución está firmada por los tres Ministros mencionados.
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