DIAZ MARIA LORENA C/ LABORATORIO DE LAS SIERRAS S.A. S/ COBRO DE PESOS - LABORAL -RECURSO DE QUEJA-
La actora impugnó la denegatoria del recurso extraordinario en causa laboral por cobro de pesos contra Laboratorio de las Sierras S.A. El Superior Tribunal hizo lugar al recurso de queja y concedió la habilitación por la causal no reglada de arbitrariedad, ordenando la remisión de autos al tribunal de origen para su tratamiento definitivo.
¿Quién es el actor?
DÍAZ María Lorena (por intermedio de su apoderada).
¿A quién se demanda?
LABORATORIO DE LAS SIERRAS S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción laboral de cobro de pesos; en primera instancia se había condenado a la demandada a abonar "1 (una) hora extra diaria al 50%, por tiempo trabajado, conforme pericia contable firme" y se habían rechazado otros rubros reclamados por la actora (antigüedad, preaviso, art. 178 LCT, art. 2 Ley 25.323, integración mes de despido, etc.). La queja cuestiona la denegatoria del recurso extraordinario de inconstitucionalidad por parte de la Cámara.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de queja; se concedió la admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad; se libraron oficios requiriendo la remisión de los autos principales y, cumplido, se acumularán las actuaciones a los autos principales para proveer lo que corresponda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Textos transcriptores relevantes del voto mayoritario (conservando lenguaje del tribunal):
"Que por lo expuesto, resulta prima facie, admisible y procedente el estudio del recurso promovido, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva.Por ello y de conformidad con los fundamentos dados por el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: I) Hacer lugar al recurso de queja planteado, concediendo el recurso de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, sin perjuicio de lo que se resuelva en oportunidad de la sentencia definitiva. II) Librar oficios requiriendo la remisión de los autos principales. III) Cumplido, acumúlense las presentes actuaciones a los autos principales y se proveerá lo que corresponda."
"En relación a la arbitrariedad acusada, este Superior Tribunal, ante la suficiencia y verosimilitud de los agravios esgrimidos, al igual que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en casos excepcionales ha concedido la apertura del recurso de inconstitucionalidad, en atención a causales no regladas de arbitrariedad de sentencia y con el fin de mantener la supremacía de las normas constitucionales..."
Citas textuales del dictamen del Procurador General reproducidas en el fallo:
"…en el presente estadio de admisibilidad formal resultar verosímiles los agravios constitucionales invocados para habilitar su procedencia".
"Debe recordarse que la causal no reglada de arbitrariedad de sentencia, exige que ésta arbitrariedad deba configurarse de tal modo palmario, que la vía extraordinaria resulte el remedio para la reinstauración del principio de justicia..."
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Martha Raquel Corvalán, en disidencia, propuso rechazar el recurso de queja y sostuvo, entre otros argumentos, que "la sola remisión al dictamen fiscal no torna lo decidido arbitrario, cuando el representante del ministerio público se pronuncia razonablemente, previo análisis de los fundamentos jurídicos expuestos por el recurrente" y que los agravios "revelan una discrepancia con el criterio seguido por la Excma. Cámara" pero no acreditan la arbitrariedad excepcional que habilite la vía extraordinaria.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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