JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

HEINE, JOSE TOMAS c/ SWISS MEDICAL S.A. s/AMPARO LEY 16.986

Amparo por cobertura integral del medicamento Vutrisiran para Amiloidosis Hereditaria (ATTRv) solicitado contra Swiss Medical S.A. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes rechazó la apelación de la obra social, confirmó la sentencia de grado que hizo lugar al amparo y condenó a la demandada a cubrir 100% la medicación, impuso costas y reguló honorarios por la Alzada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
Fuero
FEDERAL DE CORRIENTES
Jurisdicción
Federal · Corrientes
Expediente
FCT 004110/2026/CA002
Amparo Salud Cobertura medicamentosa Vutrisiran Amiloidosis hereditaria attrv Medico tratante Pmo Ley 26689 Costas Honorarios (uma)

¿Quién es el actor?

H., J. T. (amparista, afiliado a Swiss Medical S.A.)

¿A quién se demanda?

Swiss Medical S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de amparo para obtener cobertura integral (100%) del medicamento Vutrisiran 25 mg subcutáneo trimestral, indicado para Amiloidosis Hereditaria por Transtiretina (ATTRv), mutación Val50Met.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por Swiss Medical S.A., confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo y ordenó a la demandada otorgar cobertura integral (100%) del medicamento en la forma, cantidad y periodicidad que indiquen los médicos tratantes mientras subsista la indicación; además impuso las costas a la demandada y reguló honorarios por la labor en la Alzada (Dra. Fuente Kleiner $1.134.052; apoderada de la demandada $972.045).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en la apelación de la parte demandada, las quejas de ésta se dirigen esencialmente a oponerse al otorgamiento de la cobertura integral (100%) respecto del medicamento Vutrisiran. Que, las apreciaciones de la accionada al respecto serán desestimadas, por los fundamentos que seguidamente se exponen."

"Que, contrariamente a lo sostenido por la recurrente, resulta concluyente lo indicado por los médicos que asisten al actor, quienes abordan la patología multidisciplinariamente, y están en mejores condiciones de analizar las necesidades concretas del paciente y evaluar el tratamiento más atinado para mejorar su calidad de vida."

"Asimismo, cabe destacar, que en el incidente cautelar (FCT N° 4110/2026/1), en fecha 01/06/2026, el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha emitido dictamen para el caso concreto. Así es que, luego de analizar las constancias médicas del actor, concluyó que '(…) 5. En principio, el profesional idóneo para proponer las indicaciones y cuidados del enfermo es su médico tratante. Es él quien tiene un conocimiento global de la enfermedad, el paciente y sus circunstancias. 6. De todo lo antedicho surge que, desde un punto de vista médico legal, es razonable la indicación de su médico tratante'."

"Por lo demás, lo alegado por la recurrente acerca de la falta de consideración de lo determinado por su Auditoría Médica, debe desestimarse. En tanto, tal como lo sostuvo la magistrada de anterior instancia al sentenciar, se trató de una objeción que '(…) no se sustenta en una evaluación individualizada del estadio clínico concreto de J. T. H. Tampoco fue acompañada de un informe médico propio que analizara sus estudios particulares ... Reproduce, en cambio, un texto genérico sobre la droga'."

"Que, el derecho a la salud, es uno de los modos de protección de la vida, ... (arts. 14 bis, 19, 28, 31, 33, 42, 43 y 75, Constitución Nacional; arts. 11, 1) y 12, 1, 12.2.d), Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales...)"

Respecto de costas y honorarios: "Las costas por el trámite recursivo, se imponen a la demandada según lo contemplado en el art. 14 de la Ley 16986." y "procedo a evaluar si la suma dispuesta por la jueza de grado de pesos tres millones ciento veintiséis mil seiscientos ($3.126.600)... no resultan excesivos ni exorbitantes ... En consecuencia, deberá rechazarse el planteo de la demandada." (respecto de la regulación original y la confirmación en la Alzada de los nuevos montos fijados).

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo voto en disidencia; los Dres. Mirta Gladis Sotelo de Andreau y Fermín Amado Ceroleni adhieren al voto del Dr. Ramón Luis González.

Normas que cita

  • Ley 16986Amparo
  • Ley 26689arts. 1, 6 · Salud publica
  • Ley 27423arts. 1, 16, 48, 30, 2, 3, 15, 19, 22, 24, 26, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Acordada 31/26 (Csjn)
  • Resolución SGA 1930/2026
  • Resolución SGA 2622/26
  • Acordada 10/2025 (Csjn)
  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 19, 28, 31, 33, 42, 43, 75 · Constitucion nacional
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturalesarts. 11, 1) y 12, 1, 12.2.d)
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticosarts. 6, 1)
  • Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombrearts. 1, 11, 16 y 18
  • Declaración Universal de los Derechos Humanosarts. 3 y 25, 1)
  • Convención Americana sobre Derechos Humanosarts. 4, 1), 5, 8, 1) y 25
  • Ley 27360Convencion interamericana sobre proteccion de los derechos humanos de las personas mayores

Fallos que cita

  • Fallos 330:4647CSJN
  • Fallos 332:1200CSJN
  • Fallos 319:469CSJN
  • Fallos 320:326CSJN
  • Fallos 337:471CSJN
  • Fallos 272:225
  • Fallos 274:113
  • Fallos 276:132
  • Fallos 280:320
  • Fallos 294:261

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.