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Cámara de Apelaciones

Legajo Nº 1 - IMPUTADO: STAHLBERG, VICTOR CARLOS NICOLAS s/LEGAJO DE CASACION

La defensa de Víctor C. N. Stahlberg interpuso recurso de casación contra la denegatoria de excarcelación y la confirmación de su detención domiciliaria. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por entender que los agravios solo evidencian una mera disconformidad con la valoración del tribunal a quo y no acreditan arbitrariedad ni cuestión federal susceptible de revisión, por lo que se rechazó la casación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FRO 054000026/2007/TO01/53/1/CFC026
Recurso de casacion Excarcelacion Prision domiciliaria Delitos de lesa humanidad Riesgo de fuga Inadmisibilidad Valoracion judicial Art. 317 cppn Plazo razonable Reserva del caso federal

Actor (recurrente): Defensa Pública Oficial de Víctor Carlos Nicolás Stahlberg.

Demandado/resistente: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe (resolución recurrida).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso de casación contra la resolución que denegó la excarcelación solicitada y mantuvo la detención bajo la modalidad de prisión domiciliaria, invocando vulneración de principios como pro homine, pro libertatis, proporcionalidad y plazo razonable (art. 317 inc. 4 CPPN y normas convencionales).

¿Qué se resolvió?

se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Víctor Carlos Nicolás Stahlberg; por mayoría, con costas, y se tuvo presente la reserva del caso federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"[E]l recurso de casación ha sido interpuesto en término, por quien tiene legitimación para recurrir y se dirige contra una de las resoluciones que autorizan su interposición en la medida en que las decisiones que involucran cuestiones como la aquí planteada resultan equiparables a sentencia definitiva ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible, tardía o insuficiente reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela inmediata (cfr., en lo pertinente, CSJN, Fallos: 310:1835 y 2245; 311:358; 314:791; 316:1934 y 329:679, entre muchos otros), ello no es suficiente para habilitar la jurisdicción revisora de esta Cámara (cfr. art. 463 del CPPN)."

"De adverso a lo sostenido en el recurso defensista, la decisión a estudio analizó los elementos de convicción necesarios y suficientes para sustentar el riesgo de fuga en función de la naturaleza y gravedad de los hechos atribuidos -considerados delitos de lesa humanidad-, y especialmente ante la entidad de la expectativa de pena que podría recaer sobre el acusado a consecuencia del reenvío dispuesto por esta Sala -con una integración parcialmente distinta-. Ello pues, más allá de recordar que dicha decisión aún no se encuentra firme, a juicio del a quo otorga elementos que deben valorarse a los fines del instituto excarcelatorio en consideración y del mencionado peligro procesal, circunstancia que el recurrente no asume la carga de rebatir con éxito."

"Así, las alegaciones de la casacionista formuladas en el recurso traslucen una disconformidad con el análisis efectuado por el Tribunal de la anterior instancia sobre la cuestión sin lograr conmover, a través de los argumentos expuestos, los fundamentos antes reseñados."

¿Cómo votaron los jueces?

no consta voto en disidencia que modifique la decisión de la mayoría; sí existió propuesta distinta respecto de las costas en uno de los votos (el Sr. Juez Slokar propuso sin costas, mientras la mayoría decidió con costas).

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