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Cámara de Apelaciones

Legajo Nº 1 - IMPUTADO: FLORES, LUCIANO MARTIN s/LEGAJO DE CASACION

Recurso de casación contra la resolución del Tribunal Federal de Juicio Nº 3 de Rosario que rechazó la conversión de multa en días de trabajo no remunerado. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso, por falta de fundamentación suficiente para desvirtuar la decisión de primera instancia, y resolvió sin costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FRO 006759/2023/TO01/3/1/CFC004
Casacion Inadmisibilidad Multa penal Art. 21 cp Trabajo libre Fundamentacion Di nunzio Cppn Tutela de la libertad Pro homine

Actor (recurrente): Luciano Martín Flores (defendido por la Defensa Pública).

Demandado / recurrido: Tribunal Federal de Juicio Nº 3 de Rosario (decisión recurrida).

Objeto del recurso: casación contra la decisión que rechazó el pedido de conversión de una multa (45 UF, equivalentes a $5.400.000) en trabajo libre o en días de trabajo no remunerado y que lo intimó al pago, admitiendo la posibilidad de proponer plan de pagos o alternativas del art. 21 CP.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación deducido por la defensa, sin costas (arts. 444, 465, 530 y ccds. del CPPN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

¿Cómo votaron los jueces?

"Que del análisis realizado en razón de lo previstos por los artículos 444 y 465 del CPPN surge la inadmisibilidad de la vía intentada, pues el recurrente limita la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes con el decisorio cuya impugnación postula, todo lo cual no alcanza -cuanto menos de momento- para desvirtuar el razonamiento que sobre el particular realizó el a quo y cuyos fundamentos no logra rebatir. Finalmente, no se ha argumentado adecuadamente la existencia de una cuestión federal, que habilite la intervención de esta Cámara como tribunal intermedio, en los términos de la doctrina establecida por el Alto Tribunal in re 'Di Nunzio' (Fallos: 328:1108). Por ello, propicio al acuerdo declarar inadmisible el recurso de casación deducido, sin costas (arts. 444, 465, 530 y ccds. del CPPN)."

¿Cómo votaron los jueces?

"La vía casatoria requiere de una fundamentación muy clara y concreta ... el escrito de interposición del recurso de casación, carece de la fundamentación mínima necesaria para demostrar su procedencia exigible según el art. 463 C.P.P.N., pues el recurrente no se hace cargo de rebatir específicamente el argumento de los jueces del tribunal a quo, de modo de demostrar en qué consistiría el defecto de esa decisión. En consecuencia, adhiero a la solución propuesta ... de declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa, sin costas ..."

¿Cómo votaron los jueces?

"considero que nos encontramos en presencia de una cuestión federal vinculada a la posible afectación de los principios de legalidad y ley penal más benigna (artículos 2° del CP y 18 y 75 inc. 22 de la CN, 9 de la CADH y 15 del PIDCP de la CN), razón por la cual, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso 'Di Nunzio' (Fallos 328:1108), el recurso deducido resulta admisible. Ello, sin perjuicio de la solución que, en el caso, pudiera corresponder."

Otros pasajes invocados por la defensa (citas del recurso reproducidas en el fallo): el recurrente sostuvo que "El Tribunal debió determinar, a partir del art. 21 del Código Penal, si existía una modalidad de trabajo que permitiera amortizar la multa..." y que "la mera posibilidad abstracta de proponer cuotas no satisface la exigencia legal de atender a la condición económica del condenado". La Cámara, por mayoría, consideró que tales alegaciones no alcanzaron para cumplir la exigencia de fundamentación casatoria.

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