NIEVAS JUAN GENARO C/ PROYSER S.A. S/ COBRO DE PESOS-LABORAL - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD.-
El actor interpuso recurso extraordinario federal contra la sentencia definitiva del Superior Tribunal de Justicia por reclamo laboral de cobro de pesos y discusión sobre la categoría de encargo y diferencias salariales. El Superior Tribunal declaró inadmisible el recurso por falta de agravio federal suficiente, entendiendo que la controversia es de derecho laboral común ajena a la competencia extraordinaria y que la causal de arbitrariedad no aparece configurada.
¿Quién es el actor?
NIEVAS JUAN GENARO (por apoderado).
¿A quién se demanda?
PROYSER S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo laboral (cobro de pesos) incluyendo reconocimiento de la categoría de “encargado” y diferencias salariales; en la instancia local se hizo lugar parcialmente a la demanda con condena a PROYSER S.A. a abonar indemnización por antigüedad, SAC proporcional y demás rubros conforme Ley 22.248, con más costas (10% actor / 90% accionado).
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el Recurso Extraordinario Federal interpuesto por el actor, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que conforme a lo dispuesto en el art. 257 del CPC CN corresponde realizar “el juicio de admisibilidad” del recurso en examen, a fin de constatar la presencia de los extremos formales y los fundamentos exigidos para su concesión.
Que en tal orden advertimos, que el recurso ha sido interpuesto en tiempo propio, dado que la sentencia STJSL-S.J.–S.D. Nº 27/18 fue notificada en fecha 23/02/2018 (cfr. comprobante de notificación electrónica N° 1445621) y el recurso fue presentado en fecha 9/03/2018.
De igual modo se advierte, que la resolución impugnada, dictada por el Superior Tribunal de la causa en el orden local, es sentencia definitiva.
Que en lo demás, y sobre los fundamentos exhibidos por el recurrente para la concesión del recurso, se comparte lo dictaminado por el Sr. Procurador General, en cuanto a que no hay agravio suficiente que amerite la apertura o procedencia sustancial del Recurso Extraordinario Federal."
"En efecto, va de suyo, que en la presente causa lo que se discute en definitiva, es una cuestión de derecho laboral común, y como tal, ajena a la competencia extraordinaria de la Corte Suprema, en palabras del recurrente “la Sentencia dictada por el STJSL constituye(n) un ilegítimo reexamen de cuestiones no federales, cuya solución es del resorte exclusivo de los jueces de la causa”.En este contexto, se impone señalar, que: “No cabe admitir recursos basados en cláusulas constitucionales, pero referentes a cuestiones no regidas de modo directo por normas federales, pues de tal modo se haría ilimitado el acceso a sus estrados, toda vez que no hay derecho que en definitiva no tenga su raíz y fundamento en la Constitución, aunque esté directa o indirectamente regido por el derecho común o local.” (CSJN; Acuerdo para el Bicentenario vs. Provincia de Tucumán s. Amparo. 11/07/2017. Rubinzal Online; 4662/2015; RC J 4552/17)."
"A mayor abundamiento, cabe recordar, que la doctrina de la arbitrariedad de sentencias no tiene por finalidad abrir una nueva instancia ordinaria donde puedan discutirse cuestiones de hecho y prueba, ni la corrección de fallos equivocados, o que se consideren tales sino, que solo admite los supuestos de desaciertos u omisiones de gravedad extrema, a causa de los cuales los pronunciamientos no pueden adquirir validez jurisdiccional (CSJN, Fallos: 323:3139, entre muchos otros)."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución final está firmada digitalmente por los Dres. MARTHA RAQUEL CORVALÁN, LILIA ANA NOVILLO y CARLOS ALBERTO COBO; el bloque dispositivo final declara la inadmisibilidad del recurso.
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Leyes que cita
- Ley 22.248Regimen nacional del trabajador agrario
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