CAMPAGNO, MAXIMILIANO DARIO c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó indemnización por incapacidad derivada de un accidente de trabajo contra La Segunda ART S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de grado: redujo el porcentual indemnizable al 4,67%, fijó la condena histórica en $3.355.625,79 (actualizable desde el 25/11/2022) y ordenó la adecuación de honorarios y costas de Alzada.
¿Quién es el actor?
CAMPAGNO, MAXIMILIANO DARIO.
¿A quién se demanda?
LA SEGUNDA ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de indemnización por accidente laboral ocurrido el 4/11/2022 (lesión de rodilla izquierda) y reconocimiento de incapacidad, incluida patología psicológica; liquidación de capital, intereses y accesorios; regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada reduciendo el porcentual indemnizable al 4,67% y fijó el monto diferido a condena en la suma histórica de $3.355.625,79, actualizable y con intereses desde el 25/11/2022 hasta su exigibilidad; dejó sin efecto la regulación de honorarios de primera instancia y ordenó su adecuación (sugiriéndose 16% para la representación de la actora, 13% para la demandada y 7% para la perito médica sobre el nuevo monto de condena), y dispuso costas de Alzada por su orden por ausencia de réplica, con regulación del honorario de la representación de la demandada por su actuación en Alzada en el 30% de lo que le corresponda percibir por su intervención en la etapa anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De un atento examen del expediente administrativo glosado al sistema digital (nro. 537.514/22)... la parte actora insistió en que debía verificarse el estado psicológico... De modo que, no le asiste razón a la quejosa en torno a que la patología psicológica no formó parte del expediente administrativo."
"no luce acertado que proceda la minoración psíquica de esta litis; ya que la patología psicológica se mantiene en grados similares y no superiores de incapacidad, que en aquellos obrados y por ende, cabe desestimar el nexo de causalidad con el siniestro de autos en rodilla izquierda."
"La crítica denominada 'capitalización de intereses a la fecha de sentencia', tendrá favorable acogida... el cálculo que difiere a condena la sentenciante lo establece adicionando al capital nominal los intereses... Por lo que se produce capitalización, sin mora aún del obligado al pago. Lo que luce inadmisible en el marco del art. 770 del CC."
Cita normativa y doctrina empleada para la solución de intereses: "el apartado 3 de la ley 27.348, que ha dispuesto que 'En caso de que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo no pongan a disposición el pago de la indemnización dentro del plazo debido, se aplicará un interés equivalente al promedio de la tasa activa... acumulándose los intereses al capital en forma semestral, según lo establecido en el artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación'... deberá modificarse lo resuelto en el pronunciamiento de grado... y, solo en caso de mora, se aplicará un interés equivalente... hasta la efectiva cancelación del crédito, acumulándose los intereses al capital en forma semestral, según lo establecido en el artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación."
Sobre la fecha de exigibilidad: "esta Sala comparte el criterio que cabe estar a la del infausto conforme el art. 2 de la ley 26.773. Empero, establecida a la fecha del alta médica del 25/11/2022; no corresponde acoger la queja de la accionada ni modificar la de origen por cuanto de lo contrario se afectaría el principio de no reformatio in pejus."
Liquidación propuesta: "Consecuentemente, la indemnización de la litis ha de reducirse a la suma de $ 2.796.354,83... con más la del adicional del art. 3 de la ley 26.773 de $ 559.270,96. Es decir, resulta un total de $ 3.355,625,79; superior al tope fijado en grado... se actualice... desde el 25/11/2022 y hasta su exigibilidad."
¿Cómo votaron los jueces?
no consta voto en disidencia; el Dr. Ambesi adhirió al voto de la Dra. Jueguen y el acuerdo adoptó la modificación indicada.
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Normas que cita
- Ley 27.348art. 3 · Riesgos del trabajo
- Ley 24.557arts. 14, 12 (inc.2) · Ley de riesgos del trabajo
- CPCCNarts. 68, 279 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 26.773arts. 2, 3 · Riesgos del trabajo
- CCyCNart. 770 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 26.856art. 1º · Justicia
- ACORDADA CSJN Nº 15/2013 (Csjn)
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