RODRIGUEZ JOSE HUMBERTO - SUCESORIO - AB - INTESTATO - REGULACION DE HONORARIOS.-
El Dr. Jorge H. Flores solicitó la regulación de honorarios por su actuación en recurso de casación en autos de sucesorio abintestato. El Superior Tribunal reguló honorarios a favor de los Dres. Jorge H. Flores y Eduardo E. Ponce en un 35% de lo regulado en primera instancia, con actualización con la tasa activa promedio del BNA desde el 03/02/15 hasta su efectivo pago.
¿Quién es el actor?
Dr. Jorge Humberto Flores (solicitando la regulación de sus honorarios), actuando en forma conjunta con el Dr. Eduardo E. Ponce, en representación de la Sra. Hilda B. Domínguez.
¿A quién se demanda?
Procedimiento incidental para regular honorarios vinculado a los autos “RODRÍGUEZ JOSÉ HUMBERTO - SUCESORIO - AB INTESTATO” (la contraparte en el proceso principal fue la Sra. Lucrecia Rodríguez, quien dedujo recurso de casación).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales por la labor desarrollada en la instancia de casación (actuación en la instancia máxima, contestación de recurso de casación y solicitud de liquidación).
¿Qué se resolvió?
Se regulan los honorarios de los Dres. Jorge H. Flores y Eduardo E. Ponce, en forma conjunta, en un 35% de los honorarios regulados en primera instancia (la regulación de primera instancia fue A.I. Nº 14 del 03/02/15 por PESOS VEINTE MIL $20.000), con más tasa activa promedio que publica el BNA desde 03/02/15 y hasta su efectivo pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“Que por escrito de fecha 22/05/18 (actuación N° 9260020), el Dr. Jorge Humberto Flores, solicita se eleven los autos a este Superior Tribunal, a fin de que se regulen los honorarios por la labor desarrollada en esta instancia, por el recurso de casación resuelto por sentencia N° 35/10 del 09/06/10 (actuación N° 446814), adjuntando comprobante sobre su situación tributaria, como monotributista, por ESCEXT de fecha 24/07/18 (actuación N° 9623124) y copia de las regulaciones de instancias inferiores por actuación N° 9696350 del 01/08/18.”
“Que del análisis de las presentes actuaciones surge, que el peticionante ha actuado representando a la Sra. Hilda B Domínguez como patrocinante, en forma conjunta con el Dr. Eduardo E. Ponce, cumpliendo labor en esta máxima instancia, al contestar a fs. 142/144, el recurso de casación deducido por la Sra. Lucrecia Rodríguez, el que fue rechazado por este Superior Tribunal por sentencia N° 35/10 en fecha 09/06/10 (fs. 172/176vta.; actuación N° 446814).”
“Conforme constancias adjuntas en actuación N° 9696350 de fecha 01/08/18, se han regulado honorarios en primera instancia por A.I. N° 14 de fecha 03/02/15, por un monto de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-), en forma conjunta para ambos profesionales y en segunda instancia, por S.I. N° 44 del 12/04/18, en un 40% de lo regulado en primera instancia.”
Cita jurisprudencial empleada como fundamento: “En un análisis ex novo, y allende el matiz apuntado, en relación a los fundamentos del fallo ‘Depetris’ lo cierto es, que a la luz del análisis vertido en el presente resulta claro, que el principio de aplicación inmediata de las nuevas normas procesales no debe alcanzar retroactivamente, a hechos procesales pasados y precluídos, que por tal circunstancia, han quedado subsumidos por el régimen vigente al tiempo de su realización; circunstancia por la cual se impone casar la sentencia de Cámara”. (referido al precedente “BERNAL, JOAQUÍN s/ SUCESIÓN AB INTESTATO – RECURSO DE CASACIÓN”, N° 136/18 del 02/07/18).
“Sentado ello, atento el resultado obtenido en esta instancia, se aprecia equitativo fijar el 35% de la regulación efectuada en primera instancia por A.I. N° 14 de fecha 03/02/15, como base para la actual regulación, conforme lo prevé el art. 13 de la Ley de Aranceles N° IV-0099-2004. El monto será actualizado con la tasa activa promedio que publica el Banco de la Nación Argentina, desde la fecha de la regulación de primera instancia (03/02/15), hasta su efectivo pago.”
Dispositivo final: “Regular los honorarios de los Dres. JORGE HUMBERTO FLORES y EDUARDO E. PONCE, en forma conjunta, por su actuación en esta instancia como patrocinantes, en un 35% de los honorarios regulados en primera instancia, con más tasa activa promedio que publica el BNA desde 03/02/15 y hasta su efectivo pago. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.”
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución aparece firmada digitalmente por los Sres. Ministros MARTHA RAQUEL CORVALÁN, LILIA ANA NOVILLO y CARLOS ALBERTO COBO (acuerdo del tribunal).
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