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Tribunal Superior

RIVERA NESTOR ANDRES C/ S.A. SINTEPLAST SAN LUIS Y OTRA S/ ENFERMEDAD O ACCIDENTE DE TRABAJO - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD.- REGULACION DE HONORARIOS.-

Los abogados Dr. Elías Amado Ernesto Rachid y Dr. Néstor Wilfredo Garraza solicitaron la regulación de honorarios por la labor profesional cumplida en el recurso extraordinario en los autos Rivera Néstor Andrés c/ S.A. Sinteplast San Luis y otra s/ Inconstitucionalidad - Regulación de honorarios. El Superior Tribunal de Justicia reguló los honorarios: $35.665,48 para el patrocinante Dr. Rachid y $17.832,74 para el apoderado Dr. Garraza, con interés según tasa activa del BNA desde el 30/05/2017 hasta su efectivo pago.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 71892/8
Honorarios Regulacion Ley iv-0910-2014 Art. 13 Art. 14 Recurso extraordinario/inconstitucionalidad Interes bna Patrocinante Apoderado Sinteplast

¿Quién es el actor?

Dr. Elías A. E. Rachid y Dr. Néstor W. Garraza (solicitantes de la regulación).

A quién se demanda (Demandado / causa): Autos caratulados "RIVERA NÉSTOR ANDRÉS c/ S.A. SINTEPLAST SAN LUIS y otra s/ INCONSTITUCIONALIDAD - REGULACIÓN DE HONORARIOS" (partes originarias: actor Rivera y demandada S.A. Sinteplast San Luis).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por la labor cumplida en la instancia de recurso extraordinario / recurso de inconstitucionalidad tramitado ante el Superior Tribunal.

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios en favor del Dr. Elías Amado Ernesto Rachid por $35.665,48 (patrocinante) y del Dr. Néstor Wilfredo Garraza por $17.832,74 (apoderado). Las sumas devengarán interés aplicando la tasa activa que publica el BNA desde la fecha dispuesta en la regulación de primera instancia (30/05/2017) hasta su pago efectivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en fecha 30 de mayo de 2017 (actuación N° 7270166), se regularon los honorarios profesionales por la labor general desarrollada en autos (100% del proceso), al Dr. NÉSTOR WILFREDO GARRAZA, en el carácter de apoderado de la parte demandada vencida, S.A. Sinteplast San Luis, en la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 44.581,86.-) y al Dr. ELIAS AMADO ERNESTO RACHID, en el carácter de patrocinante de la parte demandada vencida, S.A. Sinteplast San Luis, en la suma de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y TRES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 89.163,72.-)."

"Si bien el Dr. Rachid en el ESCEXT de fecha 14/06/15 no firma, por aplicación del art. 13 de la Ley N° IV-0910-2014 corresponde proceder a su regulación, atento a que la firma del abogado patrocinante en un escrito implicará el mantenimiento de su intervención profesional en las actuaciones posteriores."

"Atento a ello corresponde por aplicación del art. 14 de la mencionada Ley de Honorarios, regular el 40% de los honorarios de primera instancia, dando como resultado para el Dr. Garraza, la suma de PESOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON SETENTA Y CUATRO ($ 17.832,74.-) y para el Dr. Rachid la suma de PESOS, TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 35.665,48.-), sumas que deberán ser ajustadas conforme a tasa activa que publica el BNA desde la fecha dispuesta en la regulación de primera instancia el 30 de mayo de 2017, hasta su efectivo pago."

¿Cómo votaron los jueces?

La Resolución final del Tribunal (firmada por los Sres. Ministros Corvalán, Novillo y Cobo) dispone la regulación expresada; no constan disidencias en el dispositivo transcripto.

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