JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

CASAL, PEDRO ANGEL c/ FAGUAGA, MARIO DANILO Y OTRO s/DESPIDO

El actor demandó por despido y reclamó la responsabilidad también de la codemandada Marcela Alejandra Leguizamón como empleadora. La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo lo apelado, rechazó la pretensión contra Leguizamón y reguló honorarios de alzada en favor de la parte actora y de la codemandada en un 30% sobre lo que perciban en la instancia anterior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 010894/2021/CA001
Despido Empleadora Carga de la prueba Prueba testimonial Lct art.21 Cpccn arts. 377 y 386 Costas Honorarios Ley 26.685 Camara nacional de apelaciones del trabajo

¿Quién es el actor?

CASAL, Pedro Ángel.

¿A quién se demanda?

FAGUAGA, Mario Danilo y LEGUIZAMÓN, Marcela Alejandra (codemandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación por despido (acción laboral) y pretensión de que Leguizamón sea declarada empleadora solidaria o responsable.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de origen en todo lo que decide y ha sido materia de apelación; impuso las costas de alzada en el orden causado y las comunes por mitades; reguló los honorarios de la alzada, en forma conjunta, de la representación y patrocinio letrado de la parte actora y de la codemandada Marcela Alejandra Leguizamon en el 30% de lo que les corresponda percibir en la instancia anterior; y dejó vigente la aplicación de la Ley 26.685 y las acordadas de la CSJN indicadas para notificaciones y traslados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La sentencia de primera instancia, que hizo lugar parcialmente a la demanda, fue apelada por la parte actora, recurso que mereció réplica de la codemandada Marcela Alejandra Leguizamon."

"Para así decidir, el Sr. Juez a quo consideró que la prueba testimonial producida, consistente en las declaraciones de Monasterio, Cabrera e Ibarra, resultaba imprecisa para atribuirle a Leguizamón el carácter de empleadora."

Testimonio de Monasterio (20/09/2024): “Que conoce a la demandada LEGUIZAMON MARCELA ALEJANDRA porque era la jefa, es la esposa de MARIO FAGUAGA, lo sabe porque trabajó con ellos muchos años”; “Que el actor recibía órdenes de trabajo de los demandados, MARIO FAGUAGA y MARCELA, no recuerda el apellido de ella”; y “Que al actor le pagaba en efectivo MARCELA o MARIO, lo sabe porque cobraban en ese momento, iban juntos”.

Testimonio de Cabrera (18/02/2025): “Que conoce a la demandada LEGUIZAMON MARCELA ALEJANDRA porque cuando empezó a trabajar ella le pagaba, era la jefa”; “Que el actor recibía órdenes de trabajo de la jefa, MARCELA LEGUIZAMON, lo sabe porque su jefe se la presentó como su mujer y jefa. Que la jefa de la testigo era MARCELA LEGUIZAMON”; “Que al actor le pagaban en efectivo MARCELA LEGUIZAMON, la jefa, lo sabe porque también le pagaba a la dicente”.

"Ahora bien, considero que los testimonios transcriptos no resultan suficientes para acreditar que Leguizamón hubiera revestido el carácter de empleadora del actor, toda vez que las circunstancias relativas a la impartición de órdenes y al pago de remuneraciones también resultan compatibles con el desempeño de funciones jerárquicas dentro de un establecimiento, sin que ello implique necesariamente la titularidad de la relación laboral..."

"En atención a la solución que dejo propuesta, corresponde imponer las costas de esta alzada en el orden causado y las comunes por mitades... atent o a las particularidades del caso y a que el actor pudo considerarse con derecho a reclamar como lo hizo (art. 68 del CPCCN)."

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo voto en disidencia; el Dr. Víctor A. Pesino adhirió al voto que antecede.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 377, 386, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 18.345art. 38 · Organizacion y procedimiento
  • AC. C.S.J.N. Nro. 38/13
  • AC. C.S.J.N. Nro. 11/14
  • AC. C.S.J.N. Nro. 3/15
  • Ley 26.685

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