JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

PEREZ NOEMI SOLEDAD - SU DCIA - RECURSO DE CASACION.-

Recurso de casación contra sentencia condenatoria por abuso sexual simple calificado por convivencia. El Superior Tribunal de Justicia confirmó la valoración probatoria y rechazó el recurso, entendiendo que la prueba (Cámara Gesell, pericia y testimonios) acreditó la autoría y no hubo vicio que justifique la nulidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
PEX 141186/13
Abuso sexual simple calificado Casacion Camara gesell Prueba indiciaria Sana critica Nulidad procesal Defensa en juicio Menores victimas Pena 5 anos Costas

¿Quién es el actor?

Los codemandantes son los defensores del condenado; el recurrente principal es el condenado Héctor Juan Quercetti, por intermedio de su defensa (Dr. Rodolfo L. Mercau y Dr. Miguel Á. Agúndez).

¿A quién se demanda?

Sentencia dictada por la Excma. Cámara del Crimen Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial (órgano recurrido); la Provincia representada por el Ministerio Público actuante.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la sentencia condenatoria que declaró a Quercetti autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple calificado por la situación de convivencia (Arts. 119 y 45 CP) y le impuso pena de cinco años de prisión; se alega vulneración de garantías, ilicitud o indebida valoración de la prueba (Cámara Gesell, peritajes, testimonios) y nulidades procesales.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de casación interpuesto; costas a la recurrente vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (textos tomados literalmente del fallo):

"Que dichas conclusiones se hallan debidamente fundadas, y encuentran adecuado respaldo en las diversas piezas probatorias analizadas por los sentenciantes, revistiendo particular importancia a tales efectos, las declaraciones de las víctimas en Cámara Gesell, como así también la de la perito psicóloga que elaboró el informe de fs. 52/55vta., y realizó la Cámara Gesell (fs. 69/72), la de la docente de las niñas, Gladis Ángela Fos (fs. 40/41 vta.), la denuncia de la madre Pérez Noemí Soledad y el testimonio de la pareja del imputado, Rosa del Pilar Dalman (fs. 37/39), esta última en los términos del art. 43 de la Constitución Provincial y art. 179 del C.P.Crim."

"En conclusión, no advierto en la realización de la entrevista tomada bajo la modalidad de Cámara Gesell, vulneración alguna a las garantías de defensa en juicio y debido proceso del condenado en autos."

"Concluyo afirmando, que de la prueba documental, testimoniales, y de los informes psicológicos agregados, el hecho ventilado ha quedado por demás demostrado, por lo que el recurso deviene improcedente debiendo desestimarse el mismo."

Citas textuales importantes:

"el relato de un niño no puede ser objeto de un estricto control de logicidad y la psicología ofrece un inestimable aporte para la valoración del relato infantil"

"La sentencia se encuentra debidamente fundada en las pruebas rendidas durante la instrucción y en el debate, las que han sido valoradas respetando las reglas de la sana crítica y las libres convicciones."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión fue unánime; los Dres. Novillo, Cobo y Corvalán votaron en igual sentido en las cuestiones planteadas. No se registran disidencias relevantes en el bloque dispositivo final.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.