JurisprudenciaARG
Primera Instancia

CORRALES ZAPATA, MARIA ISABEL s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía de MARIA ISABEL CORRALES ZAPATA para obtener la nacionalidad argentina. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 hizo lugar al pedido y declaró a la peticionaria ciudadana argentina, ordenando la expedición de la carta de ciudadanía y las comunicaciones administrativas correspondientes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 10- SECRETARIA Nº 20
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 001637/2025
Ciudadania Nacionalidad Carta de ciudadania Decreto 3213/84 Ley 22.435 Inscripcion Renaper Camara nacional electoral Direccion nacional de migraciones Juramento

¿Quién es el actor?

MARIA ISABEL CORRALES ZAPATA.

¿A quién se demanda?

Estado nacional (trámite de concesión de ciudadanía ante el Juzgado Civil y Comercial Federal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la solicitud y se declaró ciudadana argentina a MARIA ISABEL CORRALES ZAPATA, con las condiciones formales establecidas (juramento de fidelidad, obligación de enrolarse en el plazo de un año), y se ordenó expedir la carta de ciudadanía y oficiar al RENAPER, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones; asimismo se comunicó la concesión a la Corte Suprema.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si la peticionaria se encuentra comprendida en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."

"II.- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"

Frases textuales relevantes incluidas en la resolución dispositiva: "Declarar ciudadana argentina a MARIA ISABEL CORRALES ZAPATA... siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)." No hubo votos en disidencia.

Leyes que cita

  • Ley 346Ciudadania
  • Ley 22.435Identificacion, registro y clasificacion del potencial humano nacional

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