BARBURA JORGE ALBERTO Y OTRA - ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES -RECURSO DE CASACION-
Los defensores de Jorge Alberto Barbura y Clarisa Raquel Blasón interpusieron recurso de casación contra la Sentencia Interlocutoria Nº 25 que confirmó su procesamiento por defraudación (art. 173, inc. 2 CP). El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por improcedente por falta de definitividad de la resolución impugnada (art. 426 C.P. Crim.) y condenó en costas al recurrente.
¿Quién es el actor?
La defensa de los imputados Jorge Alberto Barbura y Clarisa Raquel Blasón, en calidad de recurrentes en casación.
¿A quién se demanda?
Contra la Sentencia Interlocutoria Nº 25 de fecha 26/04/18 dictada por la Cámara del Crimen de Concarán (que confirmó el procesamiento), con intervención del Ministerio Público que contestó el traslado y el Procurador General que dictaminó por el rechazo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la confirmación del procesamiento por el delito de defraudación por retención indebida (art. 173, inc. 2 CP), alegando errónea aplicación del derecho y falta de motivación suficiente sobre la prueba valorada.
¿Qué se resolvió?
Rechazar el recurso de casación y sus fundamentos por improcedencia formal conforme al art. 426 del Código Procesal Criminal (falta de definitividad de la resolución atacada). Imposición de costas al recurrente (art. 71 C.P. Crim.).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Sin embargo, se advierte que no se cumple con la exigencia prevista en el art. 426 C.P. Crim., que establece como requisito insoslayable de procedencia de la vía de excepción intentada, que “El recurso procederá contra sentencias o resoluciones definitivas en las Cámaras de Apelaciones.”"
"En la especie, surge que la resolución impugnada no reviste el carácter de sentencia definitiva, es decir, no resuelve sobre el fondo del pleito, ni hace imposible su continuación. La definitividad del fallo, constituye uno de los requisitos esenciales de admisibilidad del recurso."
"Por lo expuesto, VOTO a esta PRIMERA CUESTIÓN por la NEGATIVA."
Y en el bloque dispositivo final:
"SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación y sus fundamentos, en virtud de lo establecido por el art. 426 del C.P. Crim. II) Costas al recurrente vencido. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
Unanimidad (los Dres. Corvalán y Novillo comparten lo expuesto por el Dr. Cobo).
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