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Tribunal Superior

RUARTE RAMON LELIS Y OTROS C/ ESTRADA JOSE RAMON S/POSESION VEINTEAÑAL - RECURSO DE QUEJA.-

El actor promovió recurso de queja contra la declaración de inadmisibilidad de un recurso de inconstitucionalidad en autos por posesión veinteañal. El Superior Tribunal hizo lugar a la queja y concedió la apertura del recurso de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, disponiendo remitir los autos principales y acumular las presentes actuaciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 320778/18
Recurso de queja Inconstitucionalidad Arbitrariedad Posesion veinteanal Inadmisibilidad Recursos extraordinarios Admisibilidad Acumulacion de autos Provincia de san luis Procedimiento civil

¿Quién es el actor?

RUARTE RAMÓN LELIS y otros (parte actora, apoderado que interpuso la queja).

¿A quién se demanda?

ESTRADA JOSÉ RAMÓN (en los autos principales por POSESIÓN VEINTEAÑAL).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la declaración de inadmisibilidad, por parte de la Cámara de Apelaciones, del recurso extraordinario de inconstitucionalidad local interpuesto contra la resolución que resolvió sobre la posesión veinteañal; la queja plantea violaciones constitucionales y arbitrariedad en la resolución que declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de queja, concediéndose el recurso de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad; se libró oficio requiriendo la remisión de los autos principales y, una vez cumplido, las presentes actuaciones se acumularán a los autos principales para proveerse lo que corresponda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo (texto original):

"Del estudio de los fundamentos del recurso, los agravios en que se funda el recurso de queja son conducentes para receptar la posible tacha de arbitrariedad de sentencia contra la cual fue articulado. Por lo que corresponde hacer lugar al recurso de queja, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva."

"Por ello, SE RESUELVE: I) Hacer lugar al recurso de queja planteado, concediendo el recurso de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, sin perjuicio de lo que se resuelva en oportunidad de la sentencia definitiva."

"II) Librar oficio requiriendo la remisión de los autos principales. III) Cumplido, acumúlense las presentes actuaciones a los autos principales y se proveerá lo que corresponda. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.-"

Además, el tribunal consideró que: "Se repara entonces, que se ha dado cumplimiento a los requisitos formales de la queja... Se advierte que resultarían 'prima facie' derechos y garantías constitucionales vulneradas... luciendo asimismo verosímiles los agravios esgrimidos por el recurrente, cuando alega que se encuentran en juego los intereses amparados por normas y garantías constitucionales."

(No se consignan votos en disidencia en el dispositivo; la resolución está firmada por los Ministros MARTHA RAQUEL CORVALÁN, LILIA ANA NOVILLO y CARLOS ALBERTO COBO.)

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