AFTARCZUK, HORACIO Y OTROS c/ EN - M DE DEFENSA - EA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores (Aftarczuk y otros) impugnaron la regulación de honorarios; la Cámara confirmó los honorarios fijados a favor de la Dra. Silvia Sara Ramírez y ordenó su pago conforme al artículo 51 de la ley 27.423, señalando que el importe no incluye el IVA.
¿Quién es el actor?
AFTARCZUK, HORACIO y otros.
¿A quién se demanda?
EN - Ministerio de Defensa - EA (expediente: CAF 11469/2020/CA1, "AFTARCZUK, HORACIO Y OTROS c/ EN - M DE DEFENSA - EA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG").
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación/recursos en torno a la regulación de honorarios a favor de la letrada que representó a la parte actora.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó los honorarios regulados a favor de la doctora Silvia Sara Ramirez y dejó constancia de que la cancelación deberá efectuarse conforme al artículo 51 de la ley 27.423; asimismo advirtió que la suma regulada no incluye el Impuesto al Valor Agregado, que deberá adicionarse según la situación tributaria del profesional. Se registró además que el juez Marcelo Daniel Duffy no suscribe por hallarse en licencia y ordenó la devolución para notificación en la instancia de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, al resultado obtenido y a la trascendencia económica de la cuestión en debate, así como al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas durante las etapas cumplidas del proceso ante la primera instancia, corresponde CONFIRMAR —en tanto solo fueron apelados por altos— los honorarios regulados a favor de la doctora Silvia Sara Ramirez, quien ejerció la dirección letrada y representación legal de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 21, 25, 29, 47 y ccdtes. de la ley 27.423; Resol. SGA n.° 2622/26)."
"Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que -en su caso- deberá ser adicionado conforme a la situación del profesional interviniente frente al citado tributo. ASI SE RESUELVE."
"Se deja constancia que el señor juez de Cámara Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (artículo 109 del RJN)."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta disidencia; se aclara solamente la ausencia de adhesión del juez Marcelo Daniel Duffy por licencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.