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Cámara de Apelaciones

PBB POLISUR SA (TF 35699-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Recurso directo contra la regulación de honorarios por Tribunal Fiscal solicitado por PBB POLISUR S.A. La Cámara redujo los honorarios regulados a la suma de $154.700 y aclaró que dicha retribución no incluye IVA, que deberá adicionarse si corresponde.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 045705/2026/CA001
Recurso directo Honorarios Regulacion Tribunal fiscal Ley 21.839 Iva Camara contencioso administrativo federal Sala iv Reduccion de honorarios Notificacion

¿Quién es el actor?

PBB POLISUR S.A.

¿A quién se demanda?

DGA (Dirección General de Aduanas/interviniente administrativo según carátula).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra la regulación de honorarios en favor de la representación letrada de la parte demandada dispuesta por el Tribunal Fiscal.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal —Sala IV— resolvió reducir a $154.700 los honorarios regulados a favor de la representación y dirección letrada de la parte demandada. Además, dispuso que la retribución no incluye el Impuesto al Valor Agregado, que deberá adicionarse en su caso conforme a la situación del profesional interviniente. Regístrese, notifíquese y devuélvase.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en atención a lo establecido en los artículos 6º, 7º, 9º, 19, 37, 38 y concordantes de la ley 21.839; y teniendo en cuenta la naturaleza del juicio, la importancia de la cuestión resuelta, su monto, la calidad y eficacia de la labor desarrollada en la única etapa efectivamente cumplida del proceso ante Tribunal Fiscal, corresponde REDUCIR a la suma de $154.700 los honorarios regulados en favor de la representación y dirección letrada de la parte demandada."

"Por último, la retribución que antecede no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que —en su caso— deberá ser adicionado conforme a la situación del profesional interviniente frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (art. 109 RJN). No se registra disidencia: la parte resolutiva constituye la decisión del Tribunal.

Normas que cita

  • Ley 21.839arts. 6, 7, 9, 19, 37, 38 · Aranceles y honorarios de abogados

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