BLANQUEZ BRIZUELA GABRIELA ALFONSINA (TF 37177-A) Y OTRO c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Recurso directo contra regulaciones de honorarios por parte actora. La Cámara confirmó las regulaciones apeladas por la parte demandada y, respecto de la representación y dirección letrada ante la alzada, reguló honorarios en 1 U.M.A. equivalente a $108.005.
¿Quién es el actor?
BLANQUEZ BRIZUELA GABRIELA ALFONSINA y otro (parte actora según carátula).
¿A quién se demanda?
DGA (Dirección General de Aduanas, parte demandada según carátula).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo promovido por organismo externo relativo a la regulación y apelación de honorarios profesionales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó, en cuanto sólo fueron apelados por altos, los honorarios regulados en favor de la representación y dirección letrada de la parte demandada y, además, reguló en 1 U.M.A. (equivalente a $108.005) los honorarios de la dirección y representación letrada ante esta alzada; las regulaciones deberán cancelarse conforme al art. 51 de la ley 27.423 y no incluyen el IVA, que deberá adicionarse si corresponde.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en atención a lo establecido en los artículos 6º, 7º, 9º, 19, 37, 38 y concordantes de la ley 21.839; y teniendo en cuenta la naturaleza del juicio, la importancia de la cuestión resuelta, su monto, la calidad y eficacia de la labor desarrollada en la única etapa efectivamente cumplida ante Tribunal Fiscal, corresponde CONFIRMAR —por cuanto sólo fueron apelados por altos— los honorarios regulados en favor de la representación y dirección letrada de la parte demandada."
"Que, teniendo en cuenta lo establecido en el art. 30 y demás ccdtes. de la ley 27.423, la trascendencia del asunto discutido y la entidad del trabajo cumplido ante esta alzada (v. expresión de agravios del 06/08/2025), corresponde REGULAR en la cantidad de 1 U.M.A —suma equivalente a la suma de $108.005— los honorarios de la dirección y representación letrada de la mencionada parte (arts. 16, 19, 20, 21, 22, 25, 29 inc. c y f, 30, 51 y 58 inc. b) y ccdtes. de la ley 27.423; resol SGA Nº 2622/26)."
"Se deja constancia que las regulaciones que anteceden deberán cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso- deberá ser adicionado conforme a la situación de los profesionales intervinientes frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia; no consta voto en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 21.839Aranceles y honorarios de abogados
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
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