AGENCIA MARITIMA NABSA SA (TF 54498768-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Agencia Marítima Nabsa SA impugnó ante la DGA y elevó recurso directo contra la regulación de honorarios y emolumentos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala IV, hizo lugar y elevó los honorarios a 12,70 U.M.A. ($1.375.983,70) y reguló los emolumentos en 4,45 U.M.A. ($480.082,225), con las precisiones sobre forma de pago y el IVA.
¿Quién es el actor?
AGENCIA MARITIMA NABSA SA (TF 54498768-A).
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (DGA) / organismo externo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra la regulación de honorarios y emolumentos de la representación letrada en el trámite ante el Tribunal Fiscal.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso directo en cuanto a la regulación de honorarios y emolumentos: se ELEVA a 12,70 U.M.A. (equivalentes a $1.375.983,70) los honorarios de la representación y dirección letrada de la parte demandada, y se REGULA en 4,45 U.M.A. (equivalentes a $480.082,225) los emolumentos de la mencionada parte; se dispone que las regulaciones deberán cancelarse conforme al artículo 51 de la ley 27.423 y que no incluyen el IVA, que deberá adicionarse según la situación de los profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate; y considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada durante la única etapa cumplida del trámite de este proceso ante el Tribunal Fiscal, corresponde ELEVAR a la cantidad de 12,70 U.M.A — equivalentes a la suma de $1.375.983,70— los honorarios de la representación y dirección letrada de la parte demandada (arts. 16, 19, 21, 29, 51 y ccdtes. de la ley 27.423 y resol. SGA nº 2622/26)."
"Que, asimismo y teniendo en cuenta lo establecido en el art. 30 y demás ccdtes. de la ley del 27.423, la trascendencia del asunto discutido y la entidad del trabajo cumplido —contestación de traslado del 05/07/2024—, corresponde REGULAR en la cantidad de 4,45 U.M.A —equivalentes a la suma de $480.082,225— los emolumentos de la mencionada parte."
"Se deja constancia que las regulaciones que anteceden deberán cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, monto que —en su caso— deberá ser adicionado conforme a la situación de los profesionales intervinientes frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."
Otros datos procesales: El Dr. Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (art. 109 RJN). Fecha de firma: 27/10/2026.
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Normas que cita
- Ley 27.423arts. 16, 19, 21, 29, 30, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Resolución SGA Nº 2622/26
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