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Cámara de Apelaciones

EN-AFIP- RESOL 52/09 Y OTRAS c/ IBM ARGENTINA SA Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Se apeló la regulación de honorarios y la Cámara resolvió modificarla y fijar nuevos montos concretos para los letrados intervinientes, distribuyendo además la responsabilidad del pago entre Prisma Medios S.A., IBM y el Estado Nacional según los rubros regulados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 022399/2010
Honorarios Regulacion Uma Ley 21.839 Ley 27.423 Afip/arca Prisma medios s.a. Ibm argentina Costas Camara contencioso administrativo federal

¿Quién es el actor?

Expedientes corresponden a IBM Argentina S.A. y Banelco S.A. (demandantes) contra el Estado Nacional – AFIP; intervienen además Prisma Medios S.A. y codemandados (ARCA/Estado Nacional).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (EN) – AFIP; codemandados Prisma Medios S.A., IBM, ARCA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación/expedientes relativos a la regulación y pago de honorarios profesionales derivados de la resolución 5/6/2026 y decisiones previas sobre costas y regulaciones de honorarios en las causas vinculadas (exp. CAF Nros. 971/2010, 40418/2010, 22399/2010).

¿Qué se resolvió?

La Cámara reguló y modificó las sumas de los honorarios y emolumentos de los distintos letrados y direcciones letradas involucradas, fijando montos en pesos (con equivalencias en UMA) y determinando a cargo de quién deben ser abonados (Prisma Medios S.A., IBM o el Estado Nacional según cada ítem). Asimismo se dejó constancia sobre la forma de cancelación conforme al art. 51 de la ley 27.423 y la exclusión del IVA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en primer término, corresponde expedirse respecto de los recursos de apelación interpuestos contra la resolución 5/6/2026, por la que se regularon los honorarios de los Dres. Jorge Daniel Ortiz y Ariel Roldán Caplan bajo los términos de la ley 21.839."

"En tal inteligencia, de conformidad con lo establecido en el art. 33 de la ley 21.839 —cfr. esta Sala, causa 'Zambrano, Ricardo Jorge c/ EN-M de Justicia y DDHH s/proceso de ejecución', resolución del 19. 04/10/22— y ponderando la entidad del asunto discutido, corresponde REDUCIR, a la suma de $5.875.668,84 los honorarios regulados a favor del Dr. Jorge Daniel Ortiz... y a la suma de $4.196.906,31, los regulados al Dr. Ariel Roldán Caplan..."

"Por las labores desarrolladas ante esta Alzada... corresponde REGULAR en las sumas de $2.095.297... y $1.490.469... los emolumentos de los Dres. Ortiz y Caplan, respectivamente (cfr. art. 30 y ccdtes. de la ley n° 27.423 y resol. SGA nº 2622/26). Cabe destacar que estos emolumentos deberán ser soportados por Prisma Medios S.A..."

"corresponde: (i) REGULAR en la suma de $3.412.958—equivalente a la cantidad de 31,6 UMA— los emolumentos del Dr. Ariel Roldan Caplan... (ii) REGULAR en la suma de $4.773.821—equivalente a la cantidad de 44,2 UMA— los honorarios del Dr. Jorge Daniel Ortiz... (ii) REGULAR en la suma de $4.773.821... los honorarios del Dr. Carlos Eduardo Lombardi... Los presentes honorarios se encuentran a cargo del codemandado Estado Nacional."

"Que... corresponde: (i) REGULAR en la suma de $2.278.905,50 ... los emolumentos de la direccion letrada de codemandada Agencia de Recaudacion y Control Aduanero ('ARCA')... (ii) REGULAR en la suma de $2.278.905,50 ... los honorarios de la direccion letrada del Estado Nacional codemandado... La cancelación de dichos emolumentos se encuentran a cargo de Prisma Medios S.A e IBM."

"Que... corresponde REGULAR, a cada uno, la suma de $34.129.580 –equivalente a la cantidad de 316 UMA–, los emolumentos del Dr. Carlos Eduardo Lombardi, y de las direcciones letradas de ARCA y el Estado Nacional (cfr. resolución SGA n° 2622/2026). En atención a la forma en la que se decidió, el pago de los presentes honorarios se encuentra a cargo de IBM."

¿Cómo votaron los jueces?

Se deja constancia que el Dr. Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art.109 del RJN); no se registra disidencia en los términos de la parte resolutiva respecto de la decisión adoptada por los magistrados firmantes.

Normas que cita

  • Ley 21.839art. 33 · Aranceles y honorarios de abogados
  • Ley 27.423arts. 30, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Resolución SGA n° 2622/2026
  • RJN (Reglamento de la Justicia Nacional)art. 109

Fallos que cita

  • "Zambrano, Ricardo Jorge c/ EN-M de Justicia y DDHH s/proceso de ejecución"CAF Sala IV

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