ORTIZ MARIELA LETICIA - DENUNCIA ABUSO SEXUAL- S/ RECURSO DE CASACION.-
El defensor interpuso recurso de casación contra la sentencia condenatoria por abuso sexual gravemente ultrajante que condenó a Pedro Martín Alaniz a diez años de prisión. El Superior Tribunal de Justicia declaró desierto el recurso por resultar extemporánea su fundamentación y ordenó costas al vencido.
¿Quién es el actor?
El Dr. Juan Jorge Coria, abogado defensor, en representación del encartado Pedro Martín Alaniz, quien interpuso recurso de casación.
¿A quién se demanda?
Contra la Sentencia Nº 15 de fecha 20/09/17 dictada por la Excma. Cámara Penal Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Casación de la sentencia que declaró a Alaniz autor penalmente responsable del delito de ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE en concurso real (dos hechos) y lo condenó a DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, accesoria legales y costas procesales.
¿Qué se resolvió?
Declarar desierto el Recurso de Casación interpuesto el 22/09/17, por resultar extemporánea su fundamentación; costas al vencido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en fecha 24/10/17 (actuación 8092345) acompaña los fundamentos del presente recurso.
...
En tal encomienda considero que, el recurso ha sido fundado más allá del plazo previsto por el art. 430 del C.P.Crim. En efecto, de las constancias de la causa, se desprende que la Sentencia Nº 15 (recurrida), es de fecha 20/09/17 y el día 22/09/17, por actuación Nº 7901337 se interpuso recurso de casación, de ahí que la fundamentación presentada el día 24/10/17 (ESCEXT Nº 8092345) es extemporánea.
Frente a ello, se impone recordar que el término para fundar el recurso es perentorio, y por consiguiente, la no presentación del escrito dentro del plazo establecido, es razón suficiente para declarar la deserción del recurso, siendo innecesario continuar con el examen de los demás recaudos formales. (Cfr. STJSL-S.J. – S.D. Nº 121/16.- “GIL GABRIEL EDUARDO, AV. AMENAZAS REITERADAS CON ARMA DE FUEGO - RESISTENCIA A LA AUTORIDAD - LESIONES – RECURSO DE CASACIÓN” - IURIX PEX N° 113205/12, del 7/07/2016)."
"SE RESUELVE: I) Declarar desierto el Recurso de Casación interpuesto en fecha 22/09/17, por resultar extemporánea su fundamentación. II) Costas al vencido.REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.-"
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. CARLOS ALBERTO COBO, MARTHA RAQUEL CORVALÁN y LILIA ANA NOVILLO votaron en sentido coincidente; la decisión es la del acuerdo (mayoría unánime en este caso).
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