MOLINA, DARIO RUBEN Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamo de personal de la Policía Federal por reconocimiento e incorporación de suplementos salariales creados por decretos 380/17 y 491/19. La Cámara confirmó la sentencia apelada que hizo lugar a la demanda y ordenó distribuir las costas por su orden, por falta de réplica a los agravios.
¿Quién es el actor?
Personal de la Policía Federal Argentina (parte actora: Molina, Darío Rubén y otros).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (EN - M SEGURIDAD - PFA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento e incorporación a los haberes mensuales de los suplementos "Función Policial Operativa" (decreto 380/17) y "Función de Investigación" (decreto 491/19), con carácter bonificable y su pago retroactivo hasta la derogación prevista en el decreto 142/2022.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada y se distribuyeron las costas de esta instancia por su orden, por no haberse contestado la réplica a la expresión de agravios (art. 68, 2° párr., CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la jueza hizo lugar a la demanda promovida por personal de la Policía Federal Argentina y ordenó al Estado Nacional que incorpore a los haberes mensuales de la parte actora 'el suplemento Función Policial Operativa creado por el decreto 380/17 y Función de Investigación creado por decreto 491/19, según corresponda, con carácter bonificable -dejando a salvo su carácter remunerativo-. [...] deberá abonarse el retroactivo devengado conforme lo dispuesto en el considerando VII), y hasta la derogación prevista en el decreto 142/2022'. Distribuyó las costas por su orden."
"Que la cuestión concerniente a los suplementos creados por el decreto 380/2017 (códigos 077 o 078) es sustancialmente análoga a la que fue tratada por esta sala en la causa 'Favata' (expte. nº 27.297/2018), pronunciamiento del 12 de noviembre de 2019, en la que se admitió la pretensión de la parte actora y se reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los referidos suplementos, criterio que fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Di Nanno' (expte. n° 18184/2018, pronunciamiento del 18 de agosto de 2022), por lo que corresponde remitir, en razón de brevedad a los fundamentos expuestos en los citados precedentes."
"El artículo 14 del decreto 142/2022 derogó los suplementos por 'función policial operativa', por 'función técnica de apoyo' y por 'función de investigaciones', a partir del 1° de abril de 2022."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia en la parte resolutiva; la decisión fue suscripta por dos integrantes de la sala en virtud de vacante del tercer cargo.
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Normas que cita
- Decreto 380/17
- Decreto 491/19
- Decreto 142/2022art. 14
- R.J.N. art. 109art. 109
- Ley 17.454
Fallos que cita
- FavataCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - SALA I · 12/11/2019
- Di NannoCSJN · 18/08/2022
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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