JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

SUAREZ MIRIAM Y VALERA VALENTINO ANDRES C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS - RECURSO DE QUEJA

La parte recurrente impugnó la denegatoria de un recurso extraordinario de inconstitucionalidad por supuesta arbitrariedad de sentencia en causa por daños y perjuicios contra la Municipalidad de Villa de Merlo. El Superior Tribunal rechazó la queja (voto mayoritario 3/2) por entender que el escrito no demuestra, prima facie, la arbitrariedad constitucional que habilita la vía extraordinaria, y preservó el carácter excepcional del recurso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 323808/18
Danos y perjuicios Recurso de queja Recurso extraordinario de inconstitucionalidad Arbitrariedad de sentencia Admisibilidad Caracter excepcional Art. 213 constitucion provincial Municipalidad de villa de merlo Sin costas Stj san luis

¿Quién es el actor?

SUÁREZ Miriam y VALERA Valentino Andrés (parte recurrente del recurso).

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Villa de Merlo (parte originalmente demandada en los autos de daños y perjuicios).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la denegatoria del recurso extraordinario de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad de sentencia (revisión de resolución de Cámara que declaró inadmisible el recurso).

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de queja interpuesto contra el auto interlocutorio Nº 71 de fecha 30/05/2018 que declaró inadmisible el recurso extraordinario de inconstitucionalidad; sin costas. Votaron por el rechazo los Dres. MARTHA RAQUEL CORVALÁN, JAVIER SOLANO AYALA y NÉSTOR MARCELO MILÁN; votaron en disidencia los Dres. LILIA ANA NOVILLO y CARLOS ALBERTO COBO, quienes proponían hacer lugar a la queja y conceder el recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Textos relevantes (transcripción literal de párrafos del fallo):

1) Voto mayoritario (fundamento de rechazo):

"El escrito recursivo no patentiza la invocada arbitrariedad por infracción constitucional, e ingresar al análisis de las cuestiones propuestas, abriendo la queja como se solicita, implicaría el ejercicio de un discernimiento jurisdiccional propio de las instancias ordinarias, ajeno al carácter de excepción que tiene éste Tribunal en lo que respecta a la resolución de los recursos extraordinarios de inconstitucionalidad y a las quejas por denegación de aquel.

Pues en tal caso la vía extraordinaria se convertiría en una tercera instancia ordinaria, mutando su naturaleza al margen del principio de juridicidad."

y

"Por lo expresado precedentemente, corresponde el rechazo del recurso, ratificando que el recurso de inconstitucionalidad (y la queja, por su denegación) no constituye una tercera instancia, sino que reviste el carácter de excepcional, cuya concesión debe hacerse restrictivamente, pues de otra manera, se verificaría una transmutación de la naturaleza del recurso en desmedro de la jurisdicción excepcional, fijada por el art. 213 de la Constitución Provincial.

En consecuencia, SE RESUELVE: I) Rechazar el Recurso de Queja planteado en contra la sentencia interlocutoria Nº 71 de fecha 30/05/2018 que declaró inadmisible Recurso Extraordinario de Inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad de sentencia dictada por la Excma. Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia. II) Sin costas, por no corresponder."

2) Voto minoritario (propuesta de admitir la queja):

"Por ello, de conformidad con el Procurador General, SE RESUELVE: I) Hacer lugar al recurso de queja planteado, por lo tanto, conceder el recurso extraordinario de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, sin perjuicio de lo que se resolviere en definitiva.

II) Ordenar que por Secretaría se libre el oficio pertinente solicitando la remisión de los autos principales, junto a su documental, en el caso que la hubiere.

III) Fecho, acumular las presentes actuaciones al expediente principal."

Citas textuales de interés:

"El escrito recursivo no patentiza la invocada arbitrariedad por infracción constitucional..."

"reviste el carácter de excepcional, cuya concesión debe hacerse restrictivamente..."

Minoría: "Hacer lugar al recurso de queja planteado... conceder el recurso extraordinario de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad..."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión final de rechazo surge del acuerdo mayoritario integrado por los Dres. Corvalán, Ayala y Milán (3 votos). Los Dres. Novillo y Cobo (2 votos) propusieron hacer lugar a la queja y admitir el recurso extraordinario.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.