SCHLEICH, LUCIANO OSCAR c/ ELIA, MARCELO RUBEN Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamó indemnización por lesiones y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala M modificó la sentencia de grado y elevó las partidas por incapacidad psicofísica a $5.000.000 y por daño moral a $2.500.000, confirmando lo demás.
¿Quién es el actor?
Luciano Oscar Schleich.
¿A quién se demanda?
Marcelo Rubén Elia; citación en garantía a Providencia Compañía Argentina de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por siniestro vial ocurrido el 10/01/2018; rubros reclamados incluyen gastos médicos, incapacidad psicofísica sobreviniente, daño moral, daños materiales, privación de uso, desvalorización venal, y discusión sobre límite de cobertura.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada elevando a $5.000.000 la partida por “incapacidad psicofísica sobreviniente” y a $2.500.000 la partida por “daño moral”; confirmó el resto del pronunciamiento objeto de agravios; impuso las costas de alzada a los accionados vencidos y ordenó regular honorarios de alzada una vez regulados los de primera instancia.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes, con citas textuales importantes; se incluyen disidencias si las hubiera — aquí hubo adhesión y acuerdo mayoritario):
"Para fijar la cuantía de este renglón indemnizatorio, habré de acudir a las fórmulas aritméticas como pauta de orientación conforme lo determina la Corte Suprema en los fallos Arostegui , Ontiveros y Grippo ... A efectos de cuantificar este menoscabo, tomaré en cuenta las circunstancias vitales de la víctima, esto es, su edad al momento del siniestro -36 años-, la expectativa de vida (38,6, según INDEC), como así también las circunstancias vitales que se desprenden de estos autos ... Para establecer la base de cálculo, consideraré una incapacidad psicofísica del 18,6%, que resulta de la aplicación de la fórmula para capacidades restantes. ... Sobre estas variables, aplicará una tasa de descuento del 6 %. ... Por tanto, propongo elevar a $5.000.000 la suma reconocida en concepto de “incapacidad psicofísica sobreviniente” (art. 165 CPCCN)."
"A partir de estos extremos y en tanto se encuentra firme la aplicación de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina a partir de la fecha del hecho, a fin de adaptar el resultado final lo más próximo posible a la reciente decisión de la CSJN en el fallo “Barrientos”, propondré elevar la presente partida sólo hasta la suma de $2.500.000 (arts. 1741 del CCyC y 34 inc. 4°, 163 inc. 6° y 165 del CPCCN)."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Guillermo D. González Zurro adhiere "por análogas consideraciones al voto precedente"; no se registra disidencia en la parte dispositiva.
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Normas que cita
Fallos que cita
- Pérez, Fredy c/ Ferrocarriles ArgentinosCSJN · 24/08/1995
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