ABRAMO FERNANDO GASTON C/ MOLINOS RIO DE LA PLATA S.A. S/ COBRO DE PESOS - LABORAL.DOC. NÑ 5.457. -RECURSO DE CASACION-
El actor promovió recurso de casación contra la confirmación judicial del rechazo de su acción laboral por aplicación del art. 15 LCT. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por improcedente, entendiendo que la fundamentación no demuestra error jurídico en la interpretación aplicada por los tribunales de grado.
¿Quién es el actor?
Abramo Fernando Gastón (parte actora, obrera con beneficio de gratuidad).
¿A quién se demanda?
Molinos Río de la Plata S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción laboral por cobro de pesos / cuestionamiento de la validez de un convenio/acto desvinculatorio (se discutió aplicación del art. 15 LCT y si mediaron vicios en la transacción).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto el 07/05/2018; se impusieron las costas al recurrente vencido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes (textos literales del fallo):
"Así, surge de las constancias de la causa que el presente recurso ha sido interpuesto y fundado en término; contra sentencia definitiva R.L. LABORAL N° 64/2018, dictada el 24/04/2018, notificada el día 30/04/2018 (Cfr. comprobante de cédula Nº 9124370), recurso interpuesto por ESCEXT Nº 9139092, en fecha 07/05/2018, y fundado por ESCEXT Nº 9215824, en fecha 16/05/2018."
"Por ello es requisito de la vía casatoria que el recurrente demuestre qué norma se interpretó desacertadamente, acompañado de la prueba que lo respalde y detalle la jurisprudencia que resulta contradictoria y que compromete valores tales como la seguridad jurídica y la justicia de las resoluciones judiciales."
"Los argumentos del recurrente se centran en el análisis de un fallo dictado por el Superior Tribunal de Justicia (“FERREYRA MIRTHA LEONOR c/ BAGLEY S.A. EXP N° 15-F-06”, ... ) y no ha demostrado cuál es el error jurídico que ataca en la sentencia recurrida."
"Los argumentos vertidos en el escrito de fundamentación, no logran conmover la resolución del Tribunal de Alzada, y en ese orden de ideas, surge de las constancias de la causa, que la Cámara en base a los hechos y a la prueba recolectada, efectuó una correcta aplicación e interpretación de la normativa que correspondía al caso, y consecuentemente rechazó los agravios esgrimidos..."
Citas textuales importantes incluidas arriba. No hubo votos en disidencia; los tres Ministros votaron en igual sentido.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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