GUERCIO S.R.L. C/ METALMECANICA S.A. S/ COBRO DE PESOS -RECURSO DE CASACION-
Guercio S.R.L. promovió recurso de casación contra resolución en causa Cobro de pesos frente a Metalmecánica S.A. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por improcedente al no tratarse de sentencia definitiva y por la prohibición de casación sobre normas procesales, con pérdida del depósito y costas al recurrente.
¿Quién es el actor?
GUERCIO S.R.L.
¿A quién se demanda?
METALMECÁNICA S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos (acción de cobro).
¿Qué se resolvió?
Rechazo del recurso de casación interpuesto el 14/12/2017; pérdida del depósito; costas al recurrente vencido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que de las constancias de la causa surge, que el recurso fue interpuesto y fundado en término, ya que la sentencia interlocutoria N° 180, dictada en fecha 05/12/2017, fue notificada en fecha 13/12/2017 (Cfr. Comprobante de cédula de notificación N° 8399841); recurso interpuesto por ESCEXT N° 8414377, en fecha 14/12/2017, y fundado por ESCEXT N° 8499029, en fecha 28/12/2017. La parte recurrente ha dado cumplimiento del depósito judicial establecido en el art. 290 del CPC y C (Cfr. Archivo adjunto de ESCEXT N° 8618961 del 14/02/18). Sin embargo, se observa que no se cuestiona una sentencia definitiva ni una resolución que pudiere equiparársele, como lo preceptúa el artículo 286 del CPC y C, por lo que el referido recaudo no puede tenerse por habido."
"Pues, como tiene dicho la doctrina y jurisprudencia: '…Es invariable la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el sentido de que los decisorios dictados en materia de competencia no autorizan la apertura de la instancia extraordinaria, pues no configuran sentencias definitivas… (CNFed. Crim.y Correc., Sala I 26/03/85, LL, t. 1985-C, P.96…)' (Cfr. Tratado de los Recursos – De Santos – T. II Recursos Extraordinarios -ED UNIVERSIDAD – pág.80); criterio que ha sido sostenido por este Alto Tribunal en STJSL-S.J. – S.D. Nº 197/18.- ..."
"En el mismo sentido se dijo: 'Es improcedente el recurso de casación incoado contra la resolución que confirmó el auto interlocutorio que hizo lugar a la excepción de incompetencia y remitió las actuaciones al fuero federal, toda vez que se interpuso contra una sentencia que no reviste naturaleza definitiva y versa sobre una cuestión procesal' (Cfr. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - García, Mario Alberto c. Correo Oficial de la Rep. Arg. S.A. y/o quien corresp. 10/03/2011 Cita Online: AR/JUR/9456/201)."
"Además de ello, tampoco puede soslayarse que la materia propuesta a casación tiene naturaleza procesal, en virtud del cuestionamiento efectuado, por lo que el recurso en cuestión se encuentra con otro obstáculo que termina de sellar la suerte del mismo: el artículo 288 de la Ley N° VI-0150-2013, que expresamente dispone que el recurso de casación 'No podrá fundarse en violaciones a normas procesales'."
Conclusión dispositivo: "I) Rechazar el recurso de casación articulado en fecha 14/12/17, con pérdida del depósito. II) Costas al recurrente vencido."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Martha Raquel Corvalán, Lilia Ana Novillo y Carlos Alberto Cobo votaron en igual sentido (acuerdo unánime).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.